Fiscal general evaluará solicitar a TSJ enjuiciar a diputados Mardo y Marcano

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El fiscal 10º del Ministerio Público (MP) con competencia nacional, Richard Monasterios, pidió a la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, que estudie la pertinencia de solicitar al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que abra un juicio a los diputados Richard Mardo y Gustavo Marcano, por las denuncias formuladas contra ambos parlamentarios en el seno de la Asamblea Nacional (AN).





En nota de prensa del MP se explicó que esta solicitud del fiscal Monasterios “se fundamenta en el artículo 37 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual contempla que cuando para la persecución penal se requiera la previa declaratoria de haber mérito para el enjuiciamiento, el fiscal que haya conducido la investigación preliminar se dirigirá a el o la fiscal general de la República a los efectos de que ordene solicitar la declaratoria de haber lugar al enjuiciamiento”.

El pasado 5 de febrero el presidente de la Comisión de Contraloría de la AN, diputado Pedro Carreño, formalizó ante el MP la denuncia contra Mardo por la presunta recepción y cobro de unos cheques que le habrían sido entregados por representantes de diversas empresas privadas, por un monto aproximado de 600 millones de bolívares, los cuales, tal como expuso Carreño, no fueron declarados ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) ni al Consejo Nacional Electoral.

En cuanto al caso del diputado Gustavo Marcano, el MP informó que se le siguen dos causas, iniciadas en 2005 y 2007, por presuntos hechos de corrupción durante su gestión como alcalde de Lecherías, estado Anzoátegui.

En este sentido, el fiscal Richard Monasterios destacó en su solicitud que requiere realizar actos de investigación que suponen tanto iniciar la persecución penal contra el diputado Mardo como dar continuidad al proceso que se le seguía a Marcano, que requiere de la previa declaratoria de mérito para el enjuiciamiento.

Los diputados a la AN están amparados por los artículos 266, numeral 3, de la Constitución Nacional y 381 del Código Orgánico Procesal Penal, que contemplan el privilegio de Antejuicio de Mérito para los altos funcionarios.

AVN