La transición debe someterse a la Constitución

La transición debe someterse a la Constitución

 

El diputado Eduardo Gómez Sigala manifestó que luego de conocerse el fallecimiento del Presidente de la República, “estamos ante una falta absoluta, por lo tanto no puede aplicarse la tesis de la continuidad, sino que se activa el artículo 233 de la CRBV”.





 

Gómez Sigala indicó que dicho artículo expresa: “cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional”.

 

El parlamentario insistió en la importancia que reviste, de ahora en adelante, las actuaciones desde la Asamblea Nacional como “escenario para el manejo de la coyuntura que enfrenta el país”.

 

Asimismo, recordó que es la vía constitucional en la que han venido insistiendo desde el pasado 10 de enero cuando él y otros diputados abandonaron el Hemiciclo de sesiones, en señal de protesta y en ejercicio de sus funciones, toda vez que el Vicepresidente Ejecutivo, Nicolás Maduro iniciara sus palabras a propósito de la presentación del informe correspondiente a la gestión del año 2012.

 

Finalmente, hizo un llamado a mantener la tranquilidad y envió sus palabras de condolencia a familiares y seguidores del Presidente Chávez.