EXCLUSIVA: La Asamblea Nacional mete gato por liebre con la Ley Orgánica de Cultura

A nuestra redacción llegó el siguiente informe que explica lo que habría ocurrido con la Ley Orgánica de Cultura, denunciando que  la AN habría defraudado a actores culturales y ciudadanía en general cuando les presentó un proyecto a consulta pública opuesto a la versión que finalmente se discutiría en la Asamblea Nacional

El informe dice lo siguiente: La Asamblea Nacional sometió a consulta pública el proyecto de ley Orgánica de la Cultura durante el mes de mayo a julio, finalizando el 22 de julio según palabras de la disputada Gladys Requena presidente de a Comisión Permanente de Cultura y Recreación. Fue una larga consulta pública que abarcó a todo el país y a la que se invitaron a todos los sectores.

 





Al proyecto difundido se le eliminan en la versión presentada el día de hoy, un total de seis capítulos completos. Al documento se le efectuaron modificaciones mayores, tanto en cantidad como en los principios que recogen. Artículos no incluidos en ninguna de as consultas públicas, tampoco en el documento oficial de la Asamblea que se distribuyó para realizar la consulta pública (que se puede ver en la web de la AN y en varios medios de comunicación)

 

Entre estas modificaciones encontramos la política de financiamiento y la ausencia de participación de los actores de la cultura en su administración. El proyecto que fue debatido en estos meses anteriores planteaba como política pública de financiamiento, el establecimiento de incentivos fiscales para obtener financiamiento privado aparte del público.

 

Sin embargo, en el Informe para Segunda Discusión distribuido el día de hoy en la Plenaria de la AN, se observa un artículo nuevo incorporado sorpresivamente,. Este artículo cambia radicalmente el sentido del financiamiento a través de incentivos fiscales para introducir una contribución especial nueva (un impuesto más) que gravará con 1% de la utilidad neta a todas las empresas del país con ingresos anuales superiores a las 20.000 UT que son 2.140.000 Bs.

 

Debe destacarse que estas relevantes modificaciones no fueron sometidas a consulta pública, porque el documento que se distribuyó no las contenía, y por tanto,no sólo constituye un fraude a todos los particulares que participaron en el mismo, sino que vicia el proceso de consulta pública y por lo tanto vicia la Ley haciéndola inconstitucional.

 

La AN debe en este caso volver a someter todo el documento en su versión final a consulta pública, y luego trabajar en un documento final que sea sometido a discusión de la Plenaria de la AN.

 

La Ley de Cultura también excluye a los actores de la cultura de la elaboración de sus políticas públicas y de la administración del financiamiento

 

Otro aspecto importante es la ausencia de participación de los actores del ámbito cultural en la elaboración de políticas públicas y en la administración de los recursos.

 

No existe a lo largo de toda la Ley ningún derecho a la participación de los actores del mundo de la cultura en un organismo que los coloque junto al estado en la toma de decisiones. Es el ministerio de la cultura quien va a crear y coordinar los Consejos Estadales de la Cultura sin participación de los actores e individuos de esta área.

 

En consecuencia la administración de los recursos que se recauden tampoco contará con la opinión de las personas que desarrollan la cultura, sus actores, por lo que difícilmente estos recursos sean invertidos en las verdaderas necesidades del sector cultural.

 

La Ley ignora también el financiamiento privado que ya existe a la actividad cultural, que ha sido responsable en gran medida de la promoción de la cultura en el país y en el desarrollo de talentos.

 

La AN afecta unilateralmente la situación de pequeñas medianas y grandes empresas imponiéndoles un nuevo impuesto

 

 

Debe destacarse que este nuevo impuesto que va a afectar a todas las empresas del país, con excepciones de las microempresas, y no sólo no fue sometido a consulta pública sino que tampoco se presentó en la AN un estudio de análisis socio económico que demostrara cuáles son las necesidades financieras del sector para poder determinar en qué medida debía establecerse este nuevo impuesto; y que , además, justificara que la imposición de este impuesto no afectaría a las empresas gravadas ni alteraría indicadores macroeconómicos de importancia.

 

Todas las empresas, incluidas las pequeñas empresas estaría afectadas por este nuevo impuesto, por cómo las define la legislación venezolana (Decreto para la Promoción de las pequeñas y medianas empresas)

 

Esta nueva contribución especial se suma a 7 contribuciones anteriores dictadas por este gobierno, debiendo destacar la Ley de Drogas, Ley del Deporte, Ley de Ciencia y Tecnología.

 

Debemos señalar que las contribuciones especiales, tan utilizadas en los últimos años, están por diseño excluidas de los controles del Gobierno Central y de la Asamblea Nacional, pues no forman parte del Presupuesto nacional, sino que pasan a ser parte del presupuesto de los organismos que las administran y por lo tanto no hay rendición transparente de cuentas.

 

En este momento, en que se vuelve a recurrir a este tipo de impuesto, deberíamos preguntarnos cuáles han sido las obras y resultados efectivos obtenidos a partir de las grandes sumas de dinero recaudadas en instrumentos como: Ley de Drogas, Ley del Deporte, Ley de Ciencia y Tecnología. No se conocen estas obras, ni se han rendido cuentas, es exactamente lo mismo que va a suceder con estos recursos. Es un instrumento de recaudación de ingresos que facilita la corrupción.

 

Surge también la duda de cuanta coordinación puede haber con el Poder Ejecutivo, cuando las últimas decisiones de este van dirigidas a incrementar la producción y la oferta en el país, así como al crecimiento económico. Una medida cómo ésta no va sino a afectar la viabilidad de muchas empresas y por lo tanto a reducir la producción general.