AN evaluará posible sanción contra diputados Julio Borges y Nora Bracho

AN evaluará posible sanción contra diputados Julio Borges y Nora Bracho

La mayoría parlamentaria de la Asamblea Nacional (AN) designó este jueves una comisión para evaluar el presunto “comportamiento irrespetuoso y reiterado” y una posible sanción contra los diputados de la Unidad, Julio Borges (PJ) y Nora Bracho (UNT).

La comisión estará integrada por los diputados Elvis Amoroso (Psuv), Andrés Eloy Méndez (Psuv) y Alfonso Marquina (UNT). Esta comisión debe presentar un informe la próxima sesión para que la plenaria tome una decisión al respecto.





El vicepresidente del parlamento Darío Vivas (Psuv) fue el encargado de hacer la propuesta. “Esa conducta no la vamos a avalar ni permitir. Ante situación irrespetuosa, hemos considerado crear comisión para que estudie estos casos violatorios del reglamento, a la majestad de la AN y figura del Presidente”, manifestó el diputado oficialista.

Vivas afirmó que “en anteriores oportunidades Borges intentó agredir al presidente de la AN, en el caso de Soto Rojas. Después cuando Chávez estuvo el 31 enero 2012, también saboteó sesión (…) Nora Bracho intentó agredir a Diosdado el 30 julio 2013 y luego en la última sesión apreciamos manera insultante”, relató.

Los hechos

La noche del pasado martes el presidente de la AN, Diosdado Cabello, señaló que “no podemos seguir aguantando impertinencias de los malcriados que no entienden que esto es un lugar que se respeta”, en referencia a los reclamos que hicieron los parlamentarios de la Unidad al presidente Nicolás Maduro mientras presentaba la solicitud de poderes especiales.

Cabello aseguró que los artículos que serían aplicados son el 75 y 76 del Reglamento de Interior y Debate:

Artículo 75. Se considera infracción de las reglas del debate:

1.Tomar la palabra sin que la Presidencia la haya concedido.

2.Tratar reiteradamente asuntos distintos a la materi a en discusión con ánimo de perturbar el desarrollo ordenado del debate. 3.Interrumpir al orador de turno.

4.Proferir alusiones ofensivas.

5.Distraer reiteradamente la atención de otros diputados o diputadas.

6.Cualquier otro comportamiento similar a los anteriores que impida el normal desarrollo del debate.

Artículo 76. La infracción de las reglas del debate por parte de un diputado odiputada motivará el llamado de atención por partede la Presidencia en funciónde restituir el orden y garantizar la fluidez de la Sesión.

En caso de que persistiere la conducta infractora,y a solicitud del Presidente o Presidenta o de cualquier diputado o diputada, podrá privarse al diputado o diputada del derecho de palabra por el resto de la Sesión y según la gravedad hasta por un mes, con el voto de la mayoría de los miembros presentes, sin debate.

Vía Globovisión