Elecciones en San Diego no fueron consultadas en directorio del CNE

A juicio del rector del Consejo Nacional Electoral (CNE), Vicente Díaz, las declaraciones de la rectora Sandra Oblitas en donde anunció unas inminentes elecciones en el municipio San Diego del estado Carabobo, tras la falta absoluta que fijó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) por la detención del alcalde Vicencio Scarano, son de tipo personal.

El rector expresó que Oblitas “como rectora tiene todo el derecho de declarar públicamente al igual que lo tengo yo de declarar públicamente, pero esa declaración no compromete al cuerpo porque el consejo no se había reunido ni le había asignado vocera. Cuando un rector habla en nombre del consejo es porque el CNE así lo designó, del resto cualquier declaración, inclusive ésta que estoy dando yo, es personal”, expresó.

Díaz consideró que fue una iniciativa de Sandra Oblitas “vaya a usted a saber cuáles fueron las motivaciones que le llevaron a hacer eso, pero bajo ningún concepto compromete una decisión del cuerpo”, aclaró en el programa “La Hora de Mario y Leonor”, conducido por los periodistas Mario Villegas y Leonor Roquett, transmitido por Noticias24 Radio.





Sobre los anuncios del presidente Nicolás Maduro, quien refirió que ya el Psuv cuenta con candidatos para ambos municipios, Díaz manifestó que “la Ley electoral determina que para que haya candidatura debe haber un proceso interno (…) para mí es una declaración de naturaleza política de la cual el ente rectoral no debe pronunciarse”.

Rechazó que el TSJ haya decidido determinar quién cumplió o no su función de alcalde, resaltando que la sentencia usurpa la elección popular. “Parte del drama de esta situación sin precedente, es que le han mandando notificaciones al consejo sin publicar la sentencia”, explicó.

Díaz indicó que el CNE no tiene una lapso para convocar a elecciones. “El CNE prepara sus cronogramas, cuando los tengas, será presentado a la Junta Nacional Electoral quien adaptará y será presentado a consideración de los rectores”.

Asimismo, Díaz reiteró que estas acciones jurídicas contra los alcaldes Enzo Scarano, de San Diego, y Daniel Ceballos, de San Cristóbal, son “inconstitucionales”.

El representante del CNE insistió en que esta decisión “usurpa la voluntad popular de los electores”.

Como se recordará, el alcalde de San Cristóbal, Táchira, Daniel Ceballos, fue encarcelado, acusado de “rebelión civil” y el TSJ condenó a Enzo Scarano, alcalde de San Diego, Carabobo, a 10 meses y 15 días de prisión por incumplir una orden de despejar las barricadas.

No pueden llamar a elecciones

sin antes publicar sentencia

El presidente del Concejo Municipal de San Diego, Ronald González, afirmó que por ley el Consejo Nacional Electoral (CNE) no puede convocar a elecciones en el municipio hasta que la Cámara Municipal declare una falta absoluta de Enzo Scarano, como lo establece la Ley del Poder Público Municipal.

Acompañado por los concejales Jesús Muscarneri, Douglas Jiménez, Antonio Aure y Vicente Scarano;el concejal González explicó que lo único que llevará a evaluar si la falta del alcalde Scarano es absoluta o temporal, es la sentencia de la Sala Constitucional que hasta ahora no ha sido publicada. “No nos queda otra que esperar la motivación de esa sentencia. Las declaraciones que ha dado el presidente Nicolás Maduro y el Consejo Nacional Electoral sobre las posibles elecciones, para nosotros no son vinculantes”. notitarde.com

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-Creemos que el Gobierno juega posiciones adelantadas para tratar de desmoralizar a los sandieganos. Lo hemos dicho, el alcalde electo el 8 de diciembre se llama Enzo Scarano y por los momentos tenemos a un alcalde encargado.

-Cumplimos con la Ley, lo que el Concejo Municipal de San Diego ha declarado es una ausencia temporal, establecida en la Ley, nosotros no inventamos nada, en base al artículo 87 de la Ley del Poder Público Municipal que establece que ante la ausencia temporal del Alcalde se debe designar a un funcionario de alto nivel, está Pablo Domínguez, como alcalde encargado.

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