Ley seca y prohibición de porte de armas desde el viernes 4 hasta el lunes 7

Ley seca y prohibición de porte de armas desde el viernes 4 hasta el lunes 7

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Desde este viernes 4 hasta el lunes 7 de diciembre se prohíbe la venta y distribución de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional, como medida para garantizar la seguridad ciudadana, la paz y el orden interno, de cara a los comicios parlamentarios de este domingo, 6 de diciembre.





El decreto, publicado en Gaceta Oficial Nº 40.798 que circula este lunes con fecha del viernes 27 de noviembre, también detalla la suspensión temporal del porte y tenencia de armas de fuego y armas blancas, así como la distribución y comercialización de fuegos artificiales o artificios pirotécnicos.

Esta medida entra en vigencia a partir de las seis de la mañana del viernes y se extenderá hasta las seis de la tarde del lunes.

Quedan excluidos de la suspensión de armas los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb), los oficiales de los cuerpos policiales que estén prestando servicio, funcionarios de organismos de seguridad ciudadana y demás funcionarios de entes o instituciones que estén cumpliendo funciones específicas debidamente autorizadas por el Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

La resolución establece, además, la prohibición del tránsito de vehículos de carga con un peso igual o mayor a 3.500 kg, desde el sábado 5 de diciembre a las seis de la mañana hasta el lunes 7 a las seis de la tarde.

Están exentos de esta prohibición los camiones de agua potable, camiones cargados de alimentos o materiales de construcción para la Gran Misión Vivienda Venezuela.

Gaceta

MINISTERIOS DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ Y PARA LA DEFENSA
Resolución Conjunta mediante la cual se resuelve suspender de manera temporal el Porte de Armas de Fuego y Armas Blancas, el expendio y distribución de bebidas alcohólicas, las reuniones y manifestaciones públicas, concentraciones de personas y cualquier otro acto similar, y se prohíbe la circulación de vehículos de carga con el peso bruto que en ella se menciona, en todo el Territorio Nacional, por el período y horario que en ella se señalan; y se implementan las medidas que en ella se indican.