Aprobada en primera discusión Ley de Limitación de Telefonía Celular en cárceles

Aprobada en primera discusión Ley de Limitación de Telefonía Celular en cárceles

 

Foto Archivo
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La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad, en primera discusión, el Proyecto de Ley de la Telefonía Celular y la Internet en el interior de los Establecimientos Penitenciarios. Dicho instrumento fue remitido a las Comisiones Permanentes de Política Interior y a la de Cultos y Régimen Penitenciario.

Nota de prensa 





El presidente de la Asamblea Nacional, diputado Henry Ramos (Unidad/Distrito Capital) anunció que será designada una comisión mixta integrada por diputados de las mencionadas comisiones la cual será dada a conocer en la próxima sesión ordinaria.

El proyecto fue presentado por la diputada Delsa Solórzano (Unidad/Miranda), quien manifestó que se trata de una propuesta que es fundamental de cara a la seguridad ciudadana que es uno de los principales problemas de la población. “Conocemos de personas que han sido robadas desde los recintos penitenciarios”, dijo la parlamentaria.

El grupo antiextorsión y Secuestro de la Guardia Nacional en Mérida dice que desde la cárcel de San Felipe, estado Yaracuy, se realiza una enorme cantidad de llamadas para extorsionar a ciudadanos .El 95% de las extorsiones son realizadas con llamadas telefónicas que ocurren desde dentro de recintos penitenciarios.

También el comisario Lezama, del Comando Antisecuestro aseguró que la modalidad de extorsión es la negociación en las cuales desde dentro de los recintos los reos se reúnen para revisar twitter y facebook para ubicar a las víctimas.

Esto ha sido reconocido por la Ministra Iris Varela, quien dijo “corrupción de civiles y militares permite el ingreso de armas a las cárceles”, esta misma corrupción permite el ingreso de teléfonos celulares y de otros implementos para utilizarlos para robar.

Aclaró que el Código Orgánico Penitenciario contiene una prohibición que debe ser debidamente desarrollada en una ley y ese es el proyecto que estamos presentando.

Añadió que el derecho de la comunicación no se limita en el proyecto de ley porque se obliga a Cantv colocar teléfonos públicos para que los reclusos se comuniquen con sus familiares.

La Venezuela que quiere cambio el pasado 6 de diciembre votó por el cambio y está esperando que trabajemos por ellos y una ley como esta ha sido aprobada en muchos países.

De la norma

El objeto de la norma es prevenir que desde el interior de los establecimientos penitenciarios del país se ejecuten delitos a través de la utilización de telefonía celular, la internet y, en general, de todos los servicios de voz y datos que ofrecen las compañías de telecomunicaciones.

El texto establece que dicha ley regirá en todos los establecimientos penitenciarios de régimen cerrado, destinados a procesados o penados, así como también en los que coexisten procesados con penados.

Asimismo, estipula que el Ministerio para el Servicio Penitenciario deberá adquirir e instalar equipos destinados a inhibir, bloquear o anular de manera permanente la señal de telefonía celular y la internet en el interior de los establecimientos penitenciarios del país.

Además, el Ministerio para el Servicio Penitenciario y la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) deberán verificar el correcto funcionamiento de los equipos destinados a bloquear o inhibir la telefonía celular y la internet en los establecimientos penitenciarios del país.

Dicho Ministerio deberá actualizar los equipos de acuerdo a los avances tecnológicos a fin de cumplir los objetivos de la ley.

Igualmente, la norma estipula que CANTV, a solicitud del Ministerio para el Servicio Penitenciario, instalará teléfonos públicos fijos alámbricos en todos los establecimientos penitenciarios, para garantizar la comunicación externa de los reclusos.

Dichos teléfonos deberán ser programados para reproducir, al principio de cada comunicación, un mensaje grabado para el cual se indicará el nombre y la ubicación del establecimiento penitenciario desde donde se origina la llamada.

Se prohíbe la instalación de redes alambicas de comunicación destinadas aprestar los servicios de internet, voz, y datos en los establecimientos penitenciarios del país.

El texto además señala que quien introduzca o facilite la introducción de teléfonos celulares u otros equipos tecnológicos de comunicación personal a los establecimientos penitenciarios con la finalidad de que sean utilizados por los reclusos. Será sancionado con prisión de 3 a 5 años. La pena será de 4 a 6 años de prisión cuando el autor del delito sea funcionario o empleado público..

Se prevé una prisión de 4 a 6 años quien intencionalmente dañe ,apague o de alguna forma obstruya el funcionamiento de los equipos destinados a anular la señal de los teléfonos celulares y la internet.

Las personas jurídicas que instalen redes alambricas destinadas aprestar los servicios de voz y datos para la comunicación de los reclusos, serán sancionados con multa de 2000 a 3000 U.T. En caso de reincidencia la multa será de 3000 a 5000 U.T.

Una de las disposiciones transitoria contempla que una vez que se ejecute la descentralización del Sistema Penitenciario contemplada en la Constitución, los gobiernos estadales y municipales que se encarguen de la administración de los establecimientos penitenciarios deberán cumplir con las disposiciones establecidas en esta ley.