Sobella Mejías: “El CNE no está ahí para decir si le gusta o no el revocatorio”

Sobella Mejías, exrectora principal del CNE
Sobella Mejías, exrectora principal del CNE

 

La ex rectora principal del Consejo Nacional Electoral, Sobella Mejías aclaró que son cinco días continuos  que tiene el organismo electoral para verificar que entregaron el uno por ciento de las firmas que se recolectaron la semana pasada, rubricas que represen es una prueba fehaciente que sobrepasó en un mil por ciento las expectativas. “Quienes firmaron y se convierten por iniciativa popular de carácter constitucional en los promotores de evaluación de la gestión presidencial. En esta fase esto no le prela si hay días no laborales o feriados, decretados o no.1

Luego que se cumplan estos cinco días, se apertura otro lapso de cinco días más, en este caso hábiles, para que se realice la validación de las manifestaciones de voluntad de quienes firmaron y validen sus rubricas en todos los Estados del país.





Cabe destacar que la validación que realizaran los firmantes  se realizará en base al uno por ciento del registro electoral,  tal cual lo establece en la normativa vigente para la Regular la Promoción y Solicitud de Referéndum Revocatorio,  en el art 10, numeral quinto de  la Resolución Nº 070906-2770, que fue  aprobaba  por el directorio del CNE el 06 de septiembre de 2007,  publicada en la Gaceta Electoral N° 405, el 18 de diciembre de ese mismo año. Además en el artículo 31 de esa normativa obliga al CNE a establecer el cronograma para la promoción de esta solicitud. Así lo explicó en el programa “@Bajolalupafm”, con los periodistas @deudelisoviedo y @JonasjimenezR, por Encuentro 88.FM,  en la Isla de Margarita. 

 

Tania D’Amelio busca desmoralizar

Mejías destacó  que lo señalado por la actual rectora Tania D’Amelio, sería a título personal,  sobre que se debería  cumplir el lapso de 30 días fijado para la recolección del 1% de manifestaciones de voluntad para pasar a la fase de constatación.

“Lo señalado por D’Amelio es a título personal, lo que pretende es permear la voluntad nacional y causar desánimo entre los electores. La ley es clara y el reglamento, explícito. Después de la fase de validación de las firmas el CNE emite un informe respectivo, para proceder a activar la solicitud de referéndum revocatorio contra el mandato de Nicolás Maduro con 20% del REP, tal cual establece el artículo 72 de la constitución” Aseguró.

Sobella Mejías explicó que de realizarse el RR antes del mes de enero, la Presidencia de la República la ocuparía el Presidente de la Asamblea Nacional durante un mes,  mientras se convoca a una elección presidencial y quien resulte electo culminará  el mandato hasta el 2019. Que es cuando se llamaría nuevamente a elecciones. “Los lapsos tendrán efecto diferente”, resaltó.

Lo que falta es voluntad política para convocar referéndum

Como especialista electoral,  ex rectora y vicepresidenta del CNE reflejó además su opinión acerca de la comisión nombrada por el propio Presidente Nicolás Maduro, para que el Partido Socialista Unido de Venezuela, valide las firmas, nombrando a Jorge Rodríguez, como su miembro principal. “Cada organización política tiene derecho a que se nombren testigos para constatar la validación, pero eso no implica que sean ellos quienes las verifiquen. Tiene y debe de ser los mismos profesionales del Consejo Nacional Electoral”.

Sobella Mejías especificó además que el CNE está técnicamente preparado para disponer del cronograma electoral, teniendo en cuenta los instrumentos electorales estipulados en la Constitución. “Este tipo de eventos están contemplados, pero la disposición es política, no hay otra, para que el Consejo Nacional Electoral convoque al revocatorio”, dijo.

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