Dignora Hernández: El TSJ no tiene nada de Supremo y mucho menos de Justo

Dignora Hernández: El TSJ no tiene nada de Supremo y mucho menos de Justo

Dignora Hernández

La diputada a la Asamblea Nacional y dirigente nacional de Cuentas Claras, Dignora Hernández aseveró que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es muy ágil y expedito cuando se trata de dictar sentencias que favorezcan al gobierno, pero calificó de holgazán e indolente para responderle al pueblo, “el tiempo y la calidad de su respuesta lo marca el pánico de Miraflores”.

Hernández destacó que el Poder Judicial toma decisiones de acuerdo a la conveniencia del equipo del cual es hincha, en este caso le va al Madurismo, y “como fanático al fin, poco o nada le importa si el equipo tiene o no las competencias para ganar, para eso cuenta un árbitro vendido como el Consejo Nacional Electoral, al cual, por cierto ya no le importa lo desacreditado que está, pues perdió la capacidad de ruborizarse y se conforma con que se reconozcan los resultados, aun cuando los procesos estén viciados”.





La abanderada de la tolda naranja explicó que el TSJ lo que hace “es dar barniz jurídico a las arbitrariedades dictadas por el Rey de Palacio y sus amigos, entre las que tenemos sentencias dictadas a su favor y del gobierno tales como la que afirmó la constitucionalidad del decreto N° 2.371, mediante el cual el presidente prorroga estado de excepción y de emergencia económica en todo el territorio nacional, la que declara la nulidad de la ‘Comisión Especial para el Rescate de la Institucionalidad del Tribunal Supremo de Justicia’ aprobada por la AN y en la que ratifican a los 34 magistrados exprés designados por el antiguo Parlamento, así como la emisión de una sentencia en la que ordenó la citación de la directiva del Poder Legislativo, entre otras. Mientras que por otra parte, silencian y dilatan decisiones ansiadas por un pueblo que pide amparo ante sus derechos”.

Asimismo recordó que el máximo Tribunal ha olvidado que desde el pasado 29 de enero de 2015, el Centro Comunitario para el Aprendizaje (CECODAP), consignó ante la Sala Constitucional un recurso de colisión de normas dirigido a suspender el pago de tasas para la expedición y renovación de pasaportes para los niños, niñas y adolescentes. Con la entrada en vigencia del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Timbre Fiscal (Gaceta Oficial 6.150 del 18 de noviembre de 2014) se eliminó la exención por el pago de las tasas a niños, niñas y adolescentes por concepto de tramitación y emisión de pasaporte ordinario, siendo obligatorio el pago de 12 Unidades Tributarias. El pago de esta tasa vulnera el principio de gratuidad reconocido en el artículo 9 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), por tanto, toda solicitud o trámite relacionado con niños, niñas y adolescentes debe ser gratuito, y los funcionarios públicos no pueden cobrar emolumento, derecho alguno, ni aceptar remuneración.

Hizo hincapié en que “el principio de gratuidad constituye uno de los elementos más innovadores incorporados en la LOPNNA que tuvo como propósito superar cualquier obstáculo de tipo económico que pueda limitar o restringir el ejercicio pleno y efectivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Este principio no constituye una dádiva o concesión que otorga el Estado, es un derecho adquirido que debe ser respetado y no puede ser desconocido, desmejorado o limitado por las autoridades”.

Exhortó al CNE a dar la misma respuesta ágil y expedita que le da al gobierno a los niños niñas y niñas de Venezuela y a reconsiderar por tanto la solicitud que formuló la organización Cecodap ante la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, cuando solicitó un conjunto de medidas preventivas anticipadas frente a la situación de desabastecimiento de medicamentos esenciales para los infantes y que “ustedes desestimaron dos veces sin argumentar los motivos de tal decisión. Según el Doctor Carlos Trapani el Juez sólo pidió 60 minutos para tomar una decisión y al regresar simplemente declaró sin lugar la apelación, negaron el derecho en el acceso a medicamentos el cual es una condición necesaria para el goce del derecho a la salud, no pueden ser diligentes con el gobierno y negligentes con nuestros niños ¿A quién protegen? A quién se deben? No es acaso al pueblo”.

Por último, la diputada Dignora Hernández se refirió a el retardo en la sentencia sobre la supuesta denuncia de fraude en la pasada elecciones parlamentarias del 6 de Diciembre que dejo sin representación ante la AN al estado Amazonas “los magistrados no están por encima de la voluntad del pueblo, actitudes abusivas como estas constituyen una burda expresión de violencia institucional con lo que se evidencia su más profundo desprecio por la democracia y sus instituciones”.