Análisis: Elevar penas a un mínimo de 50 años en Venezuela: ¿vía para la cadena perpetua? 

Análisis: Elevar penas a un mínimo de 50 años en Venezuela: ¿vía para la cadena perpetua? 

 

ACOMPAÑA CRÓNICA:VENEZUELA CÁRCELES CAR01. SAN JUAN DE LOS MORROS (VENEZUELA), 17/02/2017.- Fotografía del 8 de febrero de 2017 de internos en el Centro para Procesados 26 de Julio, de San Juan de los Morros, en San Juan de los Morros, estado Guárico (Venezuela). Las cárceles de Venezuela, durante décadas ciudades intramuros de violencia, armas, drogas y delito, son objeto de la transformación del "nuevo sistema penitenciario", un régimen diseñado por el Gobierno socialista para la construcción "del hombre nuevo". EFE/CRISTIAN HERNÁNDEZ
ACOMPAÑA CRÓNICA:VENEZUELA CÁRCELES CAR01. SAN JUAN DE LOS MORROS (VENEZUELA), 17/02/2017.- Fotografía del 8 de febrero de 2017 de internos en el Centro para Procesados 26 de Julio, de San Juan de los Morros, en San Juan de los Morros, estado Guárico (Venezuela). Las cárceles de Venezuela, durante décadas ciudades intramuros de violencia, armas, drogas y delito, son objeto de la transformación del “nuevo sistema penitenciario”, un régimen diseñado por el Gobierno socialista para la construcción “del hombre nuevo”. EFE/CRISTIAN HERNÁNDEZ

 

La directora de la ONG Acceso a la Justicia, Laura Louza, advirtió que la propuesta de elevar “al menos a 50 años” la pena máxima de cárcel establecida en nuestro país, formulada por el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Maikel Moreno ante la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) lleva implícito el peligro de imponer penas aún mayores como la perpetua, lo cual va en contra de lo dispuesto por la actual Constitución.





Acceso a la Justicia

“Al decir al menos quiere decir que puede ser más de 50 años y con ello se acepta en buena medida una pena perpetua que puede ocupar la vida de la persona, por lo que viola el derecho constitucional a la vida. Los derechos son progresivos, es decir una vez que te los conceden no te los pueden quitar, no podemos ir para atrás en materia de Derechos Humanos (…). La propuesta la hace el presidente del órgano que nos debería defender, pero no lo hace y se puso a la orden de la ANC”, destacó la abogada constitucionalista.

En Venezuela, la máxima pena de prisión prevista en la Constitución es de 30 años, de acuerdo con el artículo 44. “No habrá condenas a penas perpetuas o infamantes. Las penas privativas de la libertad no excederán de treinta años”, reza el texto.

Lo más grave de esto, apuntó, es que pone en evidencia la total falta de una política criminal contra los delitos, pues con una medida efectista se pretende obviar que el verdadero problema de la delincuencia en Venezuela no son las penas sino la enorme impunidad en la que vivimos, de la que tiene una gran responsabilidad el poder judicial.

Amedrentamiento
Moreno planteó revisar las condenas a prisión en delitos como traición a la patriaterrorismohomicidio y robo. Expertos en Derechos Humanos y dirigentes políticos denunciaron que la alusión a los dos primeros crímenes es una amenaza clara a todo aquel que piense distinto y proteste contra el Gobierno nacional. 
De hecho, a algunos de los opositores enjuiciados actualmente por participar en manifestaciones de calle (presentados incluso ante tribunales militares) se les ha imputado traición a la patria, que actualmente puede tener una condena máxima de 30 años. Es el caso del nuevo magistrado del TSJ designado por el Parlamento, Ángel Zerpa, y el coordinador de formación del partido Voluntad Popular, Jorge Machado, entre otros.

“Es un amedrentamiento típico de las dictaduras para que la gente sienta miedo y  se vea obligada a adaptarse al régimen, negociar, ser parte de él, callarse o irse (…) Tenemos la persecución de los alcaldes, al gobernador de Miranda (Henrique Capriles),  a las supuestas agresoras de la rectora (CNE) Socorro Hernández; es toda una política de persecución de la disidencia política, ciudadana, contra manifestantes que desde el punto de vista del Gobierno ahora son peores que unos homicidas”, fustigó Louza.

Consultada sobre la posibilidad real de que la ANC dé luz verde a la petición del TSJ, la abogada recordó que, tal como lo subraya la misma Constituyente en cada una de sus sesiones, tiene un poder originario y puede cambiar tanto a los órganos constituidos como reformar o derogar las leyes vigentes, aunque ello no es así dada la naturaleza ilegítima y fraudulenta de la ANC.

Finalmente, Louza recordó que no existe poder “ilimitado”, pues el tope, incluido el llamado constituyente, lo imponen los derechos humanos, que son la protección a los individuos contra los abusos del poder y que se derivan de la persona a partir de su dignidad esencial.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

Imaginemos que así como se pretende cambiar el tope de la pena máxima de cárcel establecida en el artículo 44 de  nuestra Carta Magna (de 30 a 50 años como mínimo), con la redacción de una nueva Constitución se comiencen a revertir derechos como a la libertad personal, a la inviolabilidad del hogar, a la salud, a la educación o del sufragio, entre otros. Sería sumamente grave y nada estaría garantizado para los venezolanos.

Aunque si nos vamos a la práctica, el afán del oficialismo por mantenerse en el poder utilizando todos los medios que están a su alcance, como las fuertes represiones a las protestas ciudadanas, el uso de la justicia militar contra civiles y la elección e instalación de la ANC, ha hecho que tales derechos hayan sido constantemente violados, lo que evidencia su no reconocimiento por parte de un régimen que se supone democrático pero que, con estos hechos, demuestra su verdadero carácter.
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