Impugnan nombramiento de Alexis López como alcalde de Valencia

Impugnan nombramiento de Alexis López como alcalde de Valencia

Abogados de libre ejercicio introdujeron un recurso de impugnación contra el nombramiento de Alexis López como alcalde de Valencia, al considerar que dicha designación está viciada de nulidad, pues no se cumple la figura de ausencia absoluta de Edgardo Parra.

Ylián Terán Flores/Notitarde

Édgar Torres Barrios y Yilmer Torres Zambrano, abogados litigantes, indicaron que el recurso introducido ante el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la región centro norte del estado Carabobo, busca dejar sin efecto el acuerdo 128-2013 de fecha 14/10/2013 en la gaceta municipal número 13/3242, donde aparece Alexis López como alcalde encargado de Valencia.





Los juristas explicaron que tomaron la iniciativa luego de una asamblea realizada en diferentes comunidades de Miguel Peña, donde se concluyó que no existió la figura de falta absoluta de Parra, como requisito para que el Concejo Municipal designara a uno de sus miembros como encargado del Ayuntamiento.

Por ello, solicitaron como medida preventiva la suspensión inmediata de López como alcalde encargado, al tiempo que señalaron que el Juez de Control tiene un plazo de tres días hábiles para tomar una decisión y reanudar el estado de derecho en el municipio, en caso de que no admita dicho documento, habrá un plazo de cinco días para reintroducir el recurso.

Destacaron que la ausencia absoluta está establecida en el artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal que responden a “muerte, renuncia, incapacidad física o mental debidamente comprobada, revocatorio del mandato y una sentencia condenatoria definitivamente firme. “Edgardo Parra está en proceso judicial, por lo tanto es nula, porque no ha sido sentenciado”, recordaron.

Para los juristas, el proceso idóneo y legal era asignar al momento de la aprehensión de Parra, a cualquier miembro del tren de ejecutivo o en su defecto, el jefe de departamento con condición de alto nivel, hasta los 90 días que estipula la ley para así destituir al actual mandatario municipal y luego nombrar a un miembro de la Junta Municipal como alcalde encargado y no antes.

Recomendaron al próximo alcalde de Valencia, que será electo el 8D, a presentarse ante el juzgado superior y solicitar la nulidad de los actos administrativos ejecutados a partir del momento en el cual López asumió como alcalde encargado. “El nuevo alcalde no tiene que responder por actos nulos”.