Solórzano: TSJ usurpó funciones del constituyente

Delsa Solrzano3

La decisión del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se pretende limitar en Venezuela el derecho humano y constitucional a la protesta, constituye un grave precedente que evidencia nuevamente la falta de independencia de los poderes públicos del país.

El señalamiento lo hizo la diputada del Parlatino y vicepresidenta del partido Un Nuevo Tiempo, Delsa Solórzano, al referirse a la decisión de La Sala Constitucional del TSJ, que interpretó el artículo 68 de la Constitución, que habla acerca del derecho a protestar y llegó a la conclusión de que no es un poder absoluto y por lo tanto los ciudadanos no podrán manifestar sin previa autorización.





Enfatizó la diputada Solórzano que a través de esta decisión, la Sala Constitucional usurpa las funciones del constituyente, ya que modificó completamente el contenido del artículo 68 de la carta magna, el cual no contempla en ninguna de sus partes la necesidad de solicitar “permiso” para ejercer el derecho a la protesta. Así mismo, la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, solo prevé la notificación de la realización de la actividad relativa a la manifestación.

Por otra parte, la vice presidenta de UNT, condenó y calificó de inefable decisión de la Sala Constitucional del TSJ. “Pareciera autorizar a los cuerpos policiales del país a ejercer la represión en contra de los ciudadanos que protesten pacíficamente, algo que nos resulta de suma gravedad, principalmente si tomamos en cuenta la actuación de los cuerpos de seguridad del Estado en los últimos días, la cual ha dejado un lamentable saldo de fallecidos, torturados y miles de detenidos arbitrariamente en el país”.

Advirtió Solórzano que esta decisión del TSJ no menciona en ninguna de sus partes la prohibición de utilizar armas de fuego y gases tóxicos en el control de las manifestaciones, establecida en el artículo 68 de la Constitución, “disposición que los cuerpos de seguridad del Estado vienen violando a diario en Venezuela”.

Destacó además que adicionalmente, se señala de modo incorrecto que los alcaldes tienen la obligación de asumir funciones de orden público, cuya competencia no les está atribuida ni legal ni constitucionalmente.

“Se equivoca el gobierno nacional si cree que a través de esta decisión a la medida, dictada por un Poder Judicial genuflexo, va a impedir que el pueblo venezolano proteste pacíficamente en rechazo a los graves problemas sociales, políticos y económicos que sufre el país”.