Extracto del informe de Aministía Internacional sobre DDHH en Venezuela

Extracto del informe de Aministía Internacional sobre DDHH en Venezuela

Humberto Prado del Observatorio Venezolano de Prisiones
Humberto Prado del Observatorio Venezolano de Prisiones

En las decenas de entrevistas que Amnistía Internacional sostuvo con víctimas, familiares, abogados y defensores de derechos humanos en los seis meses de las protestas y durante los meses sucesivos, la organización pudo constatar cómo en la mayoría de los casos las víctimas y sus familiares indican no tener confianza en obtener justicia y sienten temor a denunciar por miedo a las posibles represalias.

 

En varios casos las víctimas viven en las mismas localidades que los presuntos perpetradores, quienes están en servicio activo, y han sido objeto de presiones y hostigamiento. Incluso cuando las víctimas o familiares de las mismas reciben protección, esta no siempre se hace efectiva.





 

Motivo de particular preocupación para Amnistía Internacional han sido los continuos ataques y actos de desprestigio e intimidación contra defensores y defensoras de derechos humanos, que han seguido teniendo lugar y en algunos casos se han acentuado a raíz de las protestas en 2014, por la labor de estos defensores y defensoras de derechos humanos en la defensa de los derechos de los cientos de víctimas de torturas y otros maltratos, uso excesivo de la fuerza y detenciones arbitrarias.

 

Hasta la fecha las autoridades continúan sin tomar acción para llevar a los responsables ante la justicia y garantizar que los defensores y defensoras puedan ejercer su labor sin temor a sufrir represalia. Asimismo, autoridades al más alto nivel continúan participado en el desprestigio de defensores y defensoras de derechos humanos y de su legítima labor. Reconocer a quienes defienden los derechos humanos como defensoras o defensores de derechos humanos no tiene que ver con la concesión de un estatus especial, sino con la adopción de medidas concretas de protección.

 

Los Estados tienen la misma obligación de proteger y respetar los derechos humanos de las defensoras y los defensores que de proteger y respetar los derechos de cualquier otra persona que esté bajo su jurisdicción, como establece la Declaración de Defensores de Derechos Humanos de la ONU. Sin embargo, para proteger a las defensoras y los defensores de abusos derivados del ejercicio de sus derechos, los Estados también tienen la obligación de crear y poner en marcha mecanismos especiales destinados a tal fin. En primer lugar, es preciso reconocer a estas personas como defensoras o defensores de derechos humanos y su importante labor en la construcción del Estado de Derecho. A continuación, deben tomarse medidas específicas para abordar los riesgos a los que se exponen en represalia por su trabajo de derechos humanos o como resultado de él para garantizar las condiciones adecuadas para que puedan continuar desempeñando sus labores. Igualmente, los Estados tienen la obligación de garantizar que se emprendan investigaciones efectivas y que se lleve ante la justicia a los autores de los abusos.

Humberto Prado del Observatorio Venezolano de Prisiones ha sido intimidado y amenazado en repetidas ocasiones. En febrero de 2014, en el contexto de las protestas que comenzaron ese mes, el ministro del Interior acusó a Humberto Prado de haber participado en actos de violencia durante las protestas y de conspirar para desestabilizar al gobierno y las prisiones.

 

En Octubre de 2014, el Presidente de la Asamblea Nacional en su programa semanal de televisión leyó una información enviada supuestamente por un miembro del público sobre la visita de Humberto Prado a Panamá a finales de Septiembre y se mencionó que se reunió con “gente extraña”.

 

Humberto estaba participando en el Foro Regional sobre el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura organizado por la Asociación para la Prevención de la Tortura. En ese mismo programa se dijo “recuerden que está muy ligado con las mafias de las cárceles y siempre está detrás de las alteraciones del orden público, del orden en las cárceles (…)”.

 

En noviembre de 2014, con motivo de su participación durante la revisión de Venezuela ante el Comité contra la Tortura, Humberto Prado y Carlos Correa, defensor de derechos humanos de la organización de derechos humanos, Espacio Público, fueron nuevamente desprestigiados por el Presidente de la Asamblea Nacional en su programa semanal de televisión por su viaje a Europa.

 

Amnistía Internacional también ha recibido denuncias sobre hostigamiento contra abogados y abogadas que representan a víctimas de violaciones de derechos humanos. La seguridad de los abogados y abogadas y su derecho a poder desempeñar sus funciones sin intimidación, obstáculos o acoso, son principios fundamentales tanto para garantizar la protección del derecho de las personas detenidas a la defensa y a un juicio justo, como para garantizar el derecho de las víctimas de violaciones de derechos humanos a la justicia. Como establecen los Principios Básicos de la ONU sobre la Función de los Abogados, las autoridades tienen la obligación de garantizar que los abogados puedan desempeñar todas sus funciones profesionales sin intimidaciones, obstáculos, acosos o interferencias indebidas; y la obligación de garantizar una protección adecuada cuando su seguridad sea amenazada a raíz del ejercicio de sus funciones.

 

Alfredo Romero y otros miembros de la red de abogados Foro Penal, que ha representado a cientos de detenidos durante las protestas, muchos de los cuales fueron víctima de detenciones arbitrarias, torturas y otros maltratos, han sido también frecuentemente desacreditados por el Presidente de la Asamblea Nacional en su programa semanal de televisión.

 

El abogado defensor privado que colabora con la organización Foro Penal, Omar Ernesto Silva Martínez, presentó una denuncia formal el 14 de octubre de 2014 tras haber recibido reiteradas llamadas amenazadoras y haber sido sometido a vigilancia por personas a las que, por los vehículos que utilizan y las armas que portan, ha identificado como miembros de los servicios de inteligencia. Este seguimiento se habría originado tras la representación legal que hizo Omar Silva de un ciudadano venezolano expulsado de Colombia y acusado en Venezuela de rebelión. En febrero de 2015, Alfredo Romero denunció a Amnistía Internacional que el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) habría solicitado al Ministerio Público la intervención de sus comunicaciones y las de miembros de su familia, en relación a una investigación por los delitos de conspiración y asociación para delinquir, en relación a un supuesto plan de desestabilizar al gobierno del Presidente Nicolás Maduro. Preocupa a la organización que la misma institución que está siendo acusada de graves violaciones a los derechos humanos en algunos de los casos que representa Foro Penal, sean quienes soliciten la escucha de las comunicaciones del director de Foro Penal. Esto podría vulnerar el derecho de las personas detenidas y procesadas a la confidencialidad de las comunicaciones y consultas con sus representantes legales, sus derechos a la defensa legal; y comprometer el derecho de las víctimas de violaciones de derechos humanos a la justicia.

Defensores y defensoras de derechos humanos; y abogados y abogadas que representan a víctimas de violaciones de derechos humanos han expresado reiteradamente a Amnistía Internacional su preocupación ante la posibilidad de que en una sociedad tan polarizada como la venezolana, estos ataques y descrédito continuado por parte de las más altas autoridades, pudieran provocar acciones contra su integridad física por parte de grupos simpatizantes del gobierno, incluidos grupos armados civiles pro gobierno. Amnistía Internacional considera que hasta la fecha las autoridades han sido negligentes en garantizar la protección de los defensores y defensores de derechos humanos, de las víctimas de violaciones de derechos humanos que denuncian los hechos, sus familias y sus representantes legales.

Anexos:

70o periodo de sesiones. No. 30/2014 (República Bolivariana de Venezuela). A/HRC/WGAD/2014/30, Párrafo 50 y 51

29 Véase Organización Mundial Contra la Tortura, Venezuela: Nuevos actos de difamación contra el Sr. Humberto Prado Sifontes, http://www.omct.org/es/human-rights-defenders/urgentinterventions/venezuela/2013/05/d22246/ y http://www.derechos.org.ve/2013/05/07/omct-venezuelanuevos-actos-de-difamacion-contra-el-sr-humberto-prado-sifontes/ 30 Declaraciones en el programa “Con el Mazo Dando” emisión de 9 de octubre de 2014 en el canal Venezolana de Televisión. http://www.youtube.com/watch?v=WbeArn2s-gQ, visitado por ultima vez el 14 octubre de 2014 31 Declaraciones en el programa “Con el Mazo Dando” emisión de 9 de octubre de 2014 en el canal Venezolana de Televisión.http://www.youtube.com/watch?v=WbeArn2s-gQ, visitado por última vez el 14 octubre de 2014 32 Declaraciones en el programa “Con el Mazo Dando” emisión de 6 de noviembre de 2014 en el canal Venezolana de Televisión. https://www.youtube.com/watch?v=COY03Wf-hG4, visitado por última vez el 18 de marzo de 2014

33 Principio 16 y 17 de los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba), del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990, ONU Doc. A/CONF.144/28/Rev.1 p. 118 (1990). 34 Declaraciones en el programa “Con el Mazo Dando” emisión de 12 de mayo de 2014 en el canal Venezolana de Televisión, donde declara: “Alfredo Romero del Foro Penal. Eso que andan por allí dándose golpes de pecho por lo digas. La paz, no sé qué cosa. Andas conspirando. Activamente un golpe de estado” https://www.youtube.com/watch?v=vH5mH3fLEN4, visitado por última vez el 18 de marzo de 2014. 35 El principio 22 de los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados, Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba), del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990, ONU Doc. A/CONF.144/28/Rev.1 p. 118 (1990), establece: “Los gobiernos reconocerán y respetarán la confidencialidad de todas las comunicaciones y consultas entre los abogados y sus clientes, en el marco de su relación profesional”.