TSJ rechazó anular providencia de Cencoex; cupos viajeros siguen reducidos

TSJ rechazó anular providencia de Cencoex; cupos viajeros siguen reducidos

Foto Archivo
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La última reforma al control de cambios aprobada por el Gobierno en abril pasado, la cual redujo los cupos de viajeros en 30%, fraccionó los 300 dólares destinados para compras electrónicas en el exterior y que ha obligado a miles de venezolanos a solicitar tarjetas de crédito en los bancos públicos, seguirá vigente, pues el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó anularla.

La decisión la adoptó la Sala Constitucional al desechar en su sentencia 814, del pasado 19 de junio, dos demandas por intereses colectivos y difusos que las organizaciones Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (Anauco) y Asociación Civil Pro Defensa del Usuario del Sistema Financiero (Ausfin) habían interpuesto contra la providencia 011 del Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex). La instancia consideró que las agrupaciones que utilizaron el recurso legal incorrecto para conseguir su objetivo.

En el dictamen redactado por el magistrado Marco Tulio Dugarte se acusa a las organizaciones de tratar de “evadir el procedimiento de nulidad de los actos administrativos contemplados en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ejerciendo una demanda por intereses difusos”.





Y frente a los alegatos de los accionantes de que la modificación afectaba un amplio sector de la sociedad venezolana, la intérprete de la Carta Magna replicó que toda acción gubernamental “siempre tendrá un impacto en el colectivo” y que ello no es excusa para que “no se deba ejercer el recurso contencioso administrativo de nulidad” contra toda acción sospechosa de vulnerar derechos.

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