Normativa fija tres modalidades de precios de bienes en el país

Normativa fija tres modalidades de precios de bienes en el país

 REUTERS/Carlos Garcia Rawlins
REUTERS/Carlos Garcia Rawlins

Desde este martes está vigente la nueva providencia de la Superintendencia para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) con la que el Ejecutivo pretende “proteger el salario” de la “guerra económica”. Así lo reseña eltiempo.com.ve / Andreína Vargas

La normativa publicada en la Gaceta Oficial 40.774 fue prometida por el Gobierno la semana pasada.
La estrategia para atender las distorsiones del mercado de bienes y servicios pasa por crear tres modalidades de precios de obligatorio cumplimiento para personas naturales y jurídicas en actividades económicas en todo el país.

La Sundde estableció estas categorías: el Precio Máximo de Venta del Productor, Importador o Prestador Intermediario (Pmvpi), el Precio Máximo de Venta al Público (Pmvp) y el Precio Justo, siendo estos dos últimos los orientados a los consumidores, ya que el primero será de uso exclusivo de quienes produzcan o compren bienes en el exterior.





Para la fijación de los valores, aunque la Superintendencia permite a productores e importadores estipular los importes de venta para distribuidores y consumidores, aclara que los mismos podrán ser revisados o establecidos por este ente “según criterios sociales y económicos oportunos”.

En el caso del Precio Justo, se confirmó lo dicho por el vicepresidente Jorge Arreaza, que el mismo será fijado por la Sundde. Esta categoría será para los bienes priorizados (alimentos y medicamentos) o rubros regulados.

De acuerdo a la normativa, para determinar los precios en cada una de las modalidades, se tomarán en cuentas cinco factores: la estructura de costos, el precio máximo del productor o importador, la ganancia, el margen de intermediación y el carácter estratégico del producto.

De estos elementos, destaca el monto máximo de intermediación, que es la cantidad que se podrá elevar el producto luego que sale de la fábrica o del puerto.

La norma dice que “no podrá ser superior a 60%, independientemente del número de intermediarios que intervengan en la cadena de comercialización”. Arreaza justificó el nuevo factor diciendo que “el productor hace y luego de ahí la ganancia se dispara. Él se quedaba con su 30%, pero el resto de la cadena la aumentaba y el precio del producto terminaba inflado”.

Se confirmó que el margen de ganancia seguirá en 30% para la manufactura y bajó a 20% para los importadores.

Dudas

Al conocerse la normativa, todos los gremios sostienen que deben revisar el texto, pero el director de la Cámara de Industriales de Lara, Luis Marín dijo que la duda inicial radica en cómo se hará para distribuir de forma equitativa el margen de intermediación y ganancia -de 60%-entre todos los eslabones de la cadena.

La providencia no descarta emitir resoluciones que aclaren su aplicación, pero por ahora el ministro de Alimentación, Carlos Osorio, sólo dijo que la sanciones por el incumplimiento de esta resolución son las que estarán contenidas en la reforma de la Ley de Precios Justos que espera por ser publicada.

Consecomercio insistió en lo negativo que será para el mercado la nueva regulación.