¡Hola Tibisay! Candidatos del Psuv que entregan viviendas violan cuatro leyes vigentes

¡Hola Tibisay! Candidatos del Psuv que entregan viviendas violan cuatro leyes vigentes

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La entrega de viviendas por parte de candidatos del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) viola cuatro normativas vigentes en la legislación venezolana.

Como puede observarse en el sitio web del Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, las instituciones encargadas de las políticas habitacionales vienen realizando jornadas de entrega de viviendas, en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela (GMVV), con presencia de candidatos del partido oficial, lo que constituye el delito de uso de recursos públicos para favorecer candidaturas electorales.





Un ejemplo lo constituye la nota: “Entregaron 311 títulos de tierras urbanas y 36 viviendas en el municipio Junín”, en donde se describe como el Instituto de Tierras Urbanas (INTU) otorgó títulos de propiedad a 684 familias en el sector. En la nota se describe que entre las personalidades presentes en el acto se encontraba el candidato a la Asamblea Nacional por el circuito Frontera, Néstor Sayago, quien aparece en las fotografías entregando los títulos de tierra.

Néstor Sayago, postulado por el PSUV para el circuito número 1 del estado Táchira, ha enfocado parte de su campaña electoral participando activamente en los actos relacionados con políticas de vivienda y hábitat. Como puede observarse en su sitio web http://nestorsayago.com.ve/, este candidato ha participado en por lo menos 5 jornadas de entrega de viviendas y títulos de tierras, desde el 29 de octubre hasta la fecha.

Sayago es un caso que ejemplifica el uso de recursos públicos para campaña electoral y la posible discriminación en la selección de beneficiarios de las casas de la GMVV.

Leyes violentadas

Artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 34 de la Ley del Estatuto de la Función Pública
Artículo 75 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales
Artículo 70 de la Ley Contra la Corrupción.

A continuación, se detalla la violación de cada uno de los artículos:

La discriminación y el uso de recursos públicos para la realización de campañas electorales se encuentran penalizados en la legislación venezolana. El artículo 21 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece “Todas las personas son iguales ante la ley (…) No se permitirán discriminaciones fundadas en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos o libertades de toda persona”.

Un segundo cuerpo normativo vulnerado es la Ley del Estatuto de la Función Pública, el cual en su artículo 34 establece la prohibición a los funcionarios públicos de “Realizar propaganda, coacción pública u ostentar distintivos que los acrediten como miembros de un partido político, todo ello en el ejercicio de sus funciones”.

Por su parte la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en su artículo 75, apunta que “No se permitirá la propaganda electoral que (…) sea financiada con fondos públicos”, lo cual es ratificado en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en su artículo 204.

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