¿Aló CNE? Otra cadena de Maduro con esta “candidata de la Patria” utilizando fondos públicos (Videos + Fotos)

¿Aló CNE? Otra cadena de Maduro con esta “candidata de la Patria” utilizando fondos públicos (Videos + Fotos)

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Este viernes 04 de diciembre, a pocas horas de haberse anunciado el cierre de campaña electoral para los comicios parlamentarios de este domingo 6, el presidente de la República, Nicolás Maduro comete otra violación a la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre).

Durante la transmisión en cadena nacional de radio y televisión se puede ver al presidente en un acto de entrega de viviendas en el estado Bolívar en compañía de esta “candidata de la Patria”: Cilia Flores. Esto en violación de los siguientes numerales de este artículo de la Lopre:

Artículo 75: No se permitir· la propaganda electoral que:
1. Se produzca fuera del lapso de la campaña electoral establecido por el Consejo Nacional Electoral.

9. Que utilicen la imagen, sonido o la presencia de niñas, niños o adolescentes.

13. Sea financiada con fondos públicos distintos a lo previsto en estas normas.

En este  caso, existe una confusión: No se sabe si Cilia Flores acude al evento como Primera Dama o como candidata por el Psuv.

Igual es oportuno destacar que en el capítulo III de la Lopre que establece la normativa para el “Régimen de separación de cargos de los funcionarios y funcionarias públicas”, se cita en el artículo 57 lo siguiente:

“Salvo lo previsto en la Constitución de la República, los funcionarios y las funcionarias de la Administración Pública que se postulen en un proceso electoral, deberán separarse de manera temporal de sus cargos desde el día en que se inicie la campaña electoral hasta el día de la elección, ambas fechas inclusive”.

También el artículo 128 de la normativa sostiene:

Las funcionarias y funcionarios públicos que aspiren a postularse a un cargo de elección popular y que no opten a su reelección, deberán separarse temporalmente del ejercicio de sus cargos desde el día que inicie la campaña electoral y hasta el día de la elección, ambas fechas inclusive; salvo lo previsto en el artículo 189 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

¿Aló CNE?

LaPatilla.com

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