En Gaceta Oficial las normas que regirán operaciones de divisas

En Gaceta Oficial las normas que regirán operaciones de divisas

(Foto AFP)
(Foto AFP)

En Gaceta Oficial, número 40.865, de este 9 de marzo,  el Banco Central de Venezuela publicó el Convenio Cambiario número 35, mediante el cual se establecen las normas que regirán las operaciones del régimen administrado de divisas.

Gaceta Oficial N 40865 by La Patilla





Este miércoles el vicepresidente del área económica Miguel Pérez Abad ofreció detalles sobre el nuevo sistema cambiario que regirá dos tipos de cambio.

?1.- Dos tipos de cambios serán aplicados a partir de ahora, uno ‘protegido’ a 10 bolívares para importaciones de alimentos, medicamentos e insumos básicos para el país, mientras que una segunda tasa que oscilará a partir de 200 bolívares hará parte del dólar flotante.

2.- Los dólares viajeros pasarán a tasa flotante. La última cotización de esta tasa publicada este martes 8 de marzo se ubicó en 206 bolívares.

3.- Las asignaciones de dólares para viajes aprobadas a la fecha se cancelarán a la tasa Sicad ubicada a 13,50. Las que se hagan a partir de ahora pasarán a dólar flotante.
4.- El cupo viajero anual se ubica en 3.000 dólares, a tasa de 206 bolívares se requieren 618 mil bolívares para cubrirlo.

5.- Por un cupo de 500 dólares otorgados a destinos como Aruba, Panamá y otros destinos cercanos el promedio a cancelar  es 103 mil bolívares.

6.- El tipo de cambio protegido denominado el Dipro, dirigido únicamente a bienes y servicios y remesas identificadas como prioritarias. Iniciará con una cotización de 10 bolívares por dólar.

7.- La liquidación de pensiones de vejez del Instituto Venezolano de Seguros Sociales (Ivss) también entrará en dólar protegido.

8.- El artículo 6 del Convenio cambiario abarcará al sector salud, deportes, cultura, investigaciones científicas y otras casos de especial urgencia.
9.- El cambio protegido alcanzará también para el pago de actividades académicas presenciales en el exterior correspondientes a solicitudes aprobadas así como solicitudes sucesivas hasta el lapso previsto en la oferta académica. Los estudiantes que están en el extranjero tienen sus divisas garantizadas, no van a estar a dólar flotante.
10.- El cambio flotante se denominó dolar complementario (Dicom), y regirá para todas las transacciones no incluidas bajo el tipo de cambio protegido.

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