Según el TSJ, Asamblea Nacional incurrió en desviación de poder

Según el TSJ, Asamblea Nacional incurrió en desviación de poder

A man walks in front of a building of the Venezuela Supreme Court in Caracas December 23, 2015. Venezuela's Congress on Wednesday named 13 justices to the Supreme Court in a manoeuvre critics slammed as a last-minute court-packing scheme by the Socialist Party in the final days before it loses control of the legislature in January. REUTERS/Carlos Garcia Rawlins
Foto: REUTERS/Carlos Garcia Rawlins

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en ponencia del magistrado Calixto Ortega, declaró inconstitucional la reforma parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela, sancionado el pasado 3 de marzo por la Asamblea Nacional (AN), reseñó Panorama.

Mediante un comunicado de prensa el máximo tribunal del país informó el resultado de la sentencia del pasado jueves 31 de marzo, tras analizar el proyecto de ley enviado el pasado 17 de marzo a la Sala Constitucional por el presidente de la República, Nicolás Maduro, para evaluar la constitucionalidad del texto presentada por la AN.

En su motivación, la Sala realizó un estudio comparado de las constituciones de países que consagran sus bancos centrales como instituciones públicas y autónomas, llegando a la conclusión de que, en su mayoría, la designación de sus autoridades corresponde al Poder Ejecutivo nacional.





Tras la evaluación, el TSJ declaró “que la ley sancionada por la Asamblea Nacional contraviene lo establecido en el cardinal octavo de la Disposición Transitoria Cuarta de la Carta Magna, por cuanto la reforma pretende atribuirle al Parlamento Nacional competencias para designar, ratificar y remover al Presidente y demás directores del BCV, al margen de los preceptos constitucionales”.

Asimismo, estima que esta reforma pretende frenar las funciones del Presidente otorgadas por el Decreto de Emergencia Económica, declarada constitucional y vigente por el TSJ desde enero de este año.

“La máxima intérprete de la Constitución estableció que, con la pretendida reforma, la Asamblea Nacional incurrió en desviación de poder, al perseguir fines distintos de los constitucionalmente permitidos, por cuanto, se develó que el objetivo buscado es tomar el control administrativo del Instituto Emisor, con lo cual se atenta en contra de la autonomía del BCV y, en consecuencia, contra la estabilidad de la economía nacional”, expresa la sentencia.

Refiere el texto que “el móvil político no puede ser per se un motivo para dictar una ley” y afirmó que “la única circunstancia que antecede al proyecto es el cambio de orientación política de la Asamblea Nacional y, por tanto, el deseo de asegurar el control de dicha instancia legislativa sobre el resto de los poderes públicos (…)”.

Sobre la sentencia, el presidente del Parlamento, Henry Ramos Allup (AD), expresó en Twitter, que antes de que el TSJ declarara nulidad a reforma parcial el “bufete judicial régimen se reunió en sede del TSJ con Nelson Merentes (presidente del BCV)”. En otros tuits dijo que “al anular tsj reforma ley BCV habrá más inflación y más desabastecimiento. Gobierno y tsj cómplices delitos que destruyen a Venezuela. Régimen no tiene respaldo popular pero le sobran sentencias del hampa enguarimbada bufete judicial violador sistema de constitución”.

El diputado José Guerra, miembro de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico de la AN, dijo que la sentencia “no tiene una fundamentación. Es un disparate jurídico y financiero. La AN no quiere tomar control el BCV sino controlarlo, lo que se esta buscando que el BCV publique las cifras de la inflación. Esta sentencia está legalizando la falta de información”.

Guerra destacó que la AN tiene autoridad sobre el ente financiero.