AN crea comisión para resolver ilegalidades en designación de magistrados del TSJ

Foto: Archivo
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Este martes, la Asamblea Nacional aprobó la creación de Comisión Especial para rescate de institucionalidad del Tribunal Supremo de Justicia, en base a informe aprobado en Sesión del pasado 24 de marzo.

La solicitud la realizó el diputado Carlos Berrizbeitia (Unidad/Carabobo), quien señaló que la solicitud se basa en el informe aprobado por la plenaria el pasado 24 de marzo, en el que se determinó el incumpliendo legal del proceso de designación de los magistrados del TSJ por parte del Comité de Postulaciones.

Más temprano, el primer diputado en intervenir fue Carlos Berrizbeitia (MUD/Carabobo) quien indicó que esta Comisión tiene como objetivo traer herramientas constitucionales para resolver la denominada ilegalidad en el TSJ.





A su vez, Berrizbeitia sostuvo que “todo acto administrativo tiene su regulación y la elección de magistrados no la tuvo”.

“Lo más pronto posible la plenaria de esta AN revocará la designación de 13 magistrados principales y 21 suplentes”, recalcó.

Por su parte, el diputado Pedro Carreño (Psuv/Delta Amacuro) indicó que “la AN no tiene potestad para interpretar sentencias del TSJ” y a su juicio solo debe acatarlas.

Asimismo, tildó de irresponsables a los parlamentarios de la Bancada de la Unidad y aseguró que “no tienen seriedad e irrespetan al país”.

La Comisión tiene como objetivo traer herramientas constitucionales para resolver las ilegalidades que comete el TSJ. La misma estará integrada por los diputados Carlos Berrizbeitia (Unidad/Carabobo) como presidente, Juan Miguel Matheus (Unidad/Carabobo), Américo De Grazia (Unidad/Bolívar), Stalin González (Unidad/Dtto. Capital), Freddy Valera (Unidad/Bolívar), María Gabriela Hernández (Unidad/Monagas), Juan Pablo García Canales (Unidad/Monagas) y dos integrantes del Bloque del GPP.

Como se recordará la Comisión Especial para el estudio y análisis del proceso de selección de Magistrados y Suplentes del TSJ, presentó un informe final en el que consideró que “la Asamblea Nacional, con base a la potestad de auto tutela, tiene la facultad de revisar en cualquier momento sus propios actos, siempre que mediante sus atribuciones de investigación, revisión, estudio y análisis determine que los mismos han sido dictados en contravención de las formalidades y requisitos procedimentales establecidos en la Constitución, en el Reglamento de Interior y de Debates de la Asamblea Nacional y en las demás normas que se dicten al respecto de cada materia; en tal sentido, una vez comprobadas las violaciones o vicios que afectan su validez, podrá acordar su revocatoria o nulidad absoluta y consecuencialmente declarar la ineficacia de tales actos”. (lapatilla.com)