Emilio Nouel: La suspensión de Venezuela en Mercosur

thumbnailemilionouelNov2014

 

Maduro ha declarado, con su típico talante autoritario, obviando las formas y demostrando una vez más que le tiene sin cuidado lo que se piense en la comunidad internacional acerca de su gobierno, que aunque fuera suspendida Venezuela de Mercosur, igualmente, se inmiscuirá en el bloque comercial y su  organización, independientemente del rechazo de los otros países por incumplir compromisos y violar los DDHH.





Si nos sacan por la puerta, nos metemos por la ventana”, así lo dijo,  a la machimberra, porque nos da la gana, nos importa un bledo lo que piensen los demás y punto. Estamos en donde queremos y nadie, ni ninguna norma, lo impedirá.

Ya lo hemos señalado antes. Este problema se lo buscó el gobierno. Su ignorancia monumental, una incompetencia profesional manifiesta y las reiteradas payasadas de su cancillería, lo condujeron a este impasse lamentable para la credibilidad internacional de nuestro país, el cual está más allá y por encima de un gobierno en concreto.

Desconocemos aun cuales razones jurídicas se aducirán para suspender el derecho a voto y/o voz de Venezuela en el marco de las instituciones mercosurianas, llegado el próximo día 1º de Diciembre, fecha en la que con seguridad no se habrá cumplido el requerimiento de hace unos meses atrás de ponerse al día con las normativas aun no internalizadas por nuestro país.

Para ello, en principio, habrían dos tipos de motivaciones: las que han sido hasta ahora señaladas públicamente por algunos gobiernos (incumplimiento en la incorporación de normas al ordenamiento jurídico nacional), por un lado, y por otro, aquellas que se refieren a violaciones a la institucionalidad democrática (violación al orden constitucional, a los principios y valores democráticos, violaciones a los derechos humanos).

Lo que es obvio es que estamos frente a varios incumplimientos evidentes. El principio de derecho pacta sunt servanda no ha sido respetado y los artículos 38, 40 y 42 del Protocolo de Ouro Preto, tampoco. Estos compromisos no están siendo honrados por parte de Venezuela.

El Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados fue mencionado por el canciller uruguayo en este caso.  Este convenio dispone en su Sección Tercera que “una violación grave de un tratado multilateral por una de las partes facultará a las otras partes, procediendo por acuerdo unánime, para suspender la aplicación del tratado total o parcialmente o darlo por terminado, en las relaciones entre ellas y el Estado autor de la violación”.

Por otro lado, se considera violación grave de un Tratado “la violación de una disposición esencial para la consecución del objeto o del fin del tratado”.

¿Se aplica a Venezuela esta normativa?

Sería un tema de controversia jurídica, no todos los países han suscrito esta convención.

Sin embargo, tales disposiciones recogen lo que se conoce en Derecho internacional como “principios generales de derecho reconocidos por las naciones civilizadas”, incluidos en el artículo 38, párrafo 1c) de la Corte Internacional de Justicia, cuya aplicación en el caso que nos ocupa no deja de ser potencialmente controvertida.

A nuestro juicio, también está siendo infringida la Cláusula democrática contenida en los Protocolos de Ushuaia. Es notorio que el régimen venezolano no se ajusta a los cánones democráticos y su conducta puede enmarcarse en los supuestos contemplados en dicha cláusula.

Es conocido que en el seno de Mercosur, como en otros procesos de integración económico-comercial, se han aprobado instrumentos jurídicos que apuntan a sancionar la conducta de los países por razones de violación de los principios democráticos o los DDHH. Estas infracciones acarrean puniciones que podrían afectar el comercio o los derechos de los países a participar en las distintas instancias decisorias de un régimen de integración.

El Protocolo de Ushuaia II establece las siguientes medidas, entre otras:

“a.- Suspender el derecho a participar en los distintos órganos de la estructura institucional del MERCOSUR. (…)

c.- Suspender a la Parte afectada del goce de los derechos y beneficios emergentes del Tratado de Asunción y sus Protocolos, y de los Acuerdos de integración celebrados entre las Partes, según corresponda”.

¿Cuál será la vía jurídica que emprenderán los gobiernos de Mercosur en este asunto?

Visto lo visto, está claro que subyace a todo este impasse un problema político que condicionará su resultado final, el cual trasciende lo normativo.

En cualquier caso, la respuesta destemplada que ha dado el gobierno nacional frente a lo expresado por los gobiernos de los países socios, confirma una vez más su carencia de mesura y tacto diplomático.

Es de esperarse que Venezuela sea suspendida de su membresía en Mercosur, sobre todo, cuando el gobierno está haciendo todo lo posible por mantener al país como fuente de tensión política y de ingobernabilidad en la región.

EMILIO NOUEL V.