TSJ permite conceder los honores del Panteón Nacional a Fabricio Ojeda

TSJ permite conceder los honores del Panteón Nacional a Fabricio Ojeda

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En vista de la anormalidad institucional producida por el continuo desacato que mantiene la Asamblea Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), resolvió el recurso de interpretación del artículo 187.15 de la Constitución de la República, planteado por el Presidente de la República, en cuanto al otorgamiento de los honores del Panteón Nacional al insigne luchador social Fabricio Ojeda, los cuales, a tenor de la Sala Constitucional, es una atribución que el Poder Ejecutivo debe atender ante la ilegalidad legislativa.

La interpretación se dio en atención al Estado Social democrático y social de Derecho y de Justicia, concluyendo que la especialísima y extraordinaria situación de desacato permanente en la que se ha colocado a sí misma la Asamblea Nacional, no puede paralizar el funcionamiento del Estado y sus instituciones democráticas.

Analiza el fallo que a partir de 1998 se inició una refundación política profunda en Venezuela que, entre otros aspectos, permite la puesta en marcha de un proyecto político que recupera la memoria histórica de quienes murieron luchando por la libertad y la igualdad, con la finalidad de no solamente visibilizar lo ocurrido y establecer las responsabilidades penales correspondientes, sino también para rendir los debidos honores a quienes dieron su vida para tener un país más justo.

En este sentido, la preeminencia de los derechos humanos y su necesaria visibilización, obliga al Poder Ejecutivo Nacional a seguir realizando sus atribuciones aunque los representantes del Poder Legislativo Nacional insistan en permanecer en desacato, y una de ellas es acordar el otorgamiento de los honores en el Panteón Nacional a un venezolano ilustre, como es el caso del luchador social Fabricio Ojeda.

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