María Auxiliadora Dubuc: Retorno a la descentralización: Creación, fusión y segregación de municipios

María Auxiliadora Dubuc: Retorno a la descentralización: Creación, fusión y segregación de municipios

 

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En estos tiempos convulsionados que vive el país, hablar de progreso en lo municipal, pareciera algo alocado, pero creo firmemente que debemos planificarnos para que todo salga bien y se verifiquen los cambios que aspiramos, por lo que para aquellos que creemos en la descentralización como una herramienta valiosa para la modernización del país, la creación de nuevos municipios es de vital importancia para el impulso y el desarrollo del  Estado. La división político territorial de los países desarrollados precisamente se basa en delegar funciones, así que en el orden de esa planificación a futuro, deben los estados organizarse dividiéndose de acuerdo a las necesidades de la población, que hoy día son muchas, dada la grave crisis de gobernabilidad que nos afecta a todos y que padecemos diariamente.  La piedra angular del éxito de una gestión, la prioridad es trabajar por y para la gente, en este sentido, la capacidad y la vocación de servicio constituyen un requisito fundamental en esta nueva era, porque el fracaso justamente de esta gestión socialista ha sido el centralismo excesivo, agregando un sinnúmero de funciones a la ejecución de una sola persona, esa concentración constituye el error garrafal de los gobiernos presidencialistas que solo se centra en los intereses de ese poder central dejando a un lado los del colectivo.





Nuestra Constitución Nacional establece expresamente: “La organización de los Municipios y demás entidades locales se regirá por esta Constitución, por las normas que para desarrollar los principios constitucionales establezcan las leyes orgánicas nacionales y por las disposiciones legales que en conformidad dicten los Estados”

 

Igualmente al regular la competencia de los Estados, la Constitución consagra en su artículo 164: “Es de la competencia de los Estados: 1.- Dictar su Constitución para organizar sus poderes públicos, 2.- La organización de sus Municipios y demás entidades locales y su división político-territorial, conforme esta Constitución y a la ley…”

Está claro que la intención del Constituyente no es otra que establecer unas normas de aplicación general que se convierten en bases primarias o elementales, se trata de un marco general, que deja la potestad al Legislador como responsabilidad ineludible la de desarrollar estos principios fundamentales a través de la Ley.

En este orden de ideas, es a través de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal que se desarrolla esta normativa, específicamente en el Capítulo I del Título II, en los artículos 9 y siguientes donde se establece, en virtud del avance hacia a descentralización a la que todo Estado democrático debe propender, la posibilidad de Creación, Fusión y Segregación de Municipios.

De esta forma, al regular lo atinente a la creación de los municipios, indicó el legislador en el Artículo 9 de la LOPPM:“La potestad de los estados para organizar sus municipios y demás entidades locales se regirá por lo dispuesto en la Constitución de la República y en las disposiciones de esta Ley, así como en la constitución y leyes estadales respectivas”.

Un Municipio se crea entonces gracias a la potestad organizativa de los estados; en este sentido, se encarga esa tarea al Consejo Legislativo Estadal, señalándole unos requisitos o condiciones específicas y concurrentes establecidas en el artículo 10, a saber:

Para que el Consejo Legislativo pueda crear un Municipio deben concurrir las siguientes condiciones:
1.Una población asentada establemente en un territorio determinado, con vínculos de vecindad permanente, es decir, asentada de forma estable y permanente.
2.Un centro poblado no menor a la media poblacional de los municipios preexistentes en el estado, excluidos los dos de mayor población. Este requisito deberá ser certificado por el servicio Nacional de Estadística (INE). En caso de no existir otro Municipio en esa entidad para hacer comparación, se requerirá de una población no menor de diez mil habitantes. Se exige entonces que esa población esté ubicada en un centro poblado, a los efectos que se considere que esa población está asentada en forma permanente debe hacerlo lógicamente, en algún lugar.
3.Capacidad para generar recursos propios suficientes para atender los gastos de gobierno y administración general, y proveer la prestación de los servicios mínimos obligatorios. Requisito este que indudablemente tiene que ver con la gobernabilidad o sustentación; esto toca aspectos como la viabilidad económica, autoridades y otros.

A los efectos del cumplimiento de este requisito, además la Ley exige deberá constar en acta la opinión favorable del órgano rector nacional en la materia de presupuesto público, es decir la ONAPRE, la intervención del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), el Poder Electoral (CNE); Consejo Legislativo Estadal; Gobernador del Estado; los Concejos Municipales que estén comprendidos en el territorio afectado; los Alcaldes de los municipios donde se encuentre el territorio afectado. Pero adicionalmente también es importante y así lo señala la Ley, la participación de la comunidad a través de la  autoridad de planificación estadal, o sea, el Consejo Local de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, en dicha opinión motivada, se determinarán los efectos socioeconómicos en el o los municipios que resulten segregados. Finalmente y luego de todo este proceso largo y tortuoso además de burocrático de consulta, el Consejo Legislativo Estadal estudia la petición y presenta  un Proyecto de Ley de creación del nuevo Municipio, el cual, una vez aprobado, se somete a consulta refrendaria, donde participarán todos los habitantes del Municipio afectado, todo de conformidad a los lineamientos constitucionales y electorales ya mencionados.

Como podemos observar, el  procedimiento de creación, fusión, segregación de un municipio en Venezuela es engorroso y lento, porque además del cumplimiento de los tres requisitos que establece la Ley adicionalmente debe contarse con la aprobación de varias autoridades nacionales, estadales y municipales.

Sin embargo y a pesar de la situacion, se hace urgente la necesidad de crear nuevos municipios en las diferentes entidades federales de Venezuela y aun cuando ya ha habido serias intenciones por parte de concejales, diputados, alcaldes y gobernadores, y actores políticos en general,  de las diferentes regiones, sin embargo, esta no se ha podido cristalizar, porque precisamente los estados federales y los municipios no gozan de autonomía, judicial, fiscal, económica y financiera como ya lo explique en mi artículo anterior, sino de unas pequeñas cuotas de poder político y funcional, lamentablemente.

La división político territorial va entonces de la mano de la autonomía en lo que se refiere a la inversión en infraestructura, para el goce, uso y disfrute de los ciudadanos con niveles óptimos de calidad, una justicia fuerte e imparcial, seguridad, educación y salud del primer mundo garantizando el acceso a los más desposeídos, quienes a la fecha resultan manipulados por el centralismo, por un Estado Todopoderoso, ese que se esconde tras las sombras de la ideologización y el socialismo del siglo XXI.

La realidad venezolana está a la vista y no necesita anteojos, sus ciudades principales cuentan con poblaciones de más de un millón y hasta 2 millones y más de ciudadanos, hoy día, razón por la cual resulta imprescindible constituir los Municipios correspondientes. Se hace urgente entonces reorganizar toda la división político territorial del país, con la única intención de brindarle una mejor calidad de vida a los ciudadanos, evitando engrosar más el aparato burocrático e ineficiente del país a través de la creación de organismos centralizados anacrónicos, que no resuelven los problemas puntuales más sensibles de la población.

Las bondades de la creación de nuevos municipios son muchas, busca acercar los ciudadanos a sus autoridades,  solucionar los problemas que aquejan a las comunidades con celeridad y eficiencia y significa un salto a un Estado moderno a través de un gobierno local, entre otras. Por todas estas razones es que a mi entender es allí donde radica la  gran reforma política democrática del Estado, esa que aún pendiente en nuestro país, esa reforma reposa entonces precisamente en la municipalización y la autonomía de las regiones.

Pero la realidad nos arropa, el centralismo reinante le está negando la posibilidad a los ciudadanos de tener al alcance una mejor calidad de vida, posibilidad esta que además afecta el proceso de participación ciudadana de manera brutal, proceso del que algunos se llenan la boca en el discurso político.

Debemos estimular un proceso legislativo para llevar a cabo la restitución del Municipio constitucional en Venezuela y el reconocimiento del derecho de los habitantes de los pueblos y de las ciudades a tener un gobierno propio. Pese a la rigidez del modelo municipal constitucional que sin la menor duda,  requiere una reforma, se puede adelantar un proceso que le permita a cientos de comunidades urbanas tener un gobierno municipal propio.

Venezuela debe regresar y encaminarse de nuevo en la senda de la descentralización para poder avanzar, porque la gente merece contar con autoridades cercanas y gobiernos municipales que velen por su bienestar e impulsen la prosperidad de sus habitantes, gobiernos exentos  de los vicios del centralismo, que no confisquen el derecho a la participación y lo reduzcan a consejos comunales, que las mayoría  de las veces son más un apéndice del gobierno central  que de la sociedad civil. La gente merece gobiernos locales más eficientes que aseguren la prestación de servicios de calidad y no gasten sus recursos solo en sueldos, ni caigan en la corrupción, que representen de manera auténtica a la población, capaces de liderar los procesos de desarrollo económico y social de la región, aseguren la identidad y su inserción en un mundo globalizado con la intención de darle coherencia a sus planes de desarrollo y a la atención de los  servicios más elementales de la población.

Ojalá podamos retomar este proceso con prontitud, pienso que aún estamos a tiempo,  porque para que se consolide la reforma del Estado y poder gestionar los verdaderos cambios que requiere el país, si bien es cierto que se requiere  el establecimiento de  políticas públicas nacionales, todo lo cual es evidente, también requerimos de fuertes gobiernos locales y estadales con competencias y recursos que impulsen el desarrollo de cada localidad, capaces de ejercer la representación política de sus habitantes entendiendo la responsabilidad histórica, más que política, trabajando para y por la gente con honestidad y eficiencia.

MARIA AUXILIADORA DUBUC

@mauxi1