Jair De Freitas: ¿prohibir despidos o fomentar empleos?

Jair De Freitas: ¿prohibir despidos o fomentar empleos?

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Desde el 28 de abril de 2002 los venezolanos padecemos las consecuencias de una inflexible e irreflexiva inamovilidad laboral. Han sido veintidós Decretos continuos publicados desde entonces cuyos cambios -en muy apretada síntesis- pueden resumirse a dos puntos; a saber: mayor duración de la medida “especial” de protección; y la ampliación de su ámbito de aplicación. Dicho en otras palabras las únicas modificaciones en más de quince años se orientaron a que la inamovilidad temporal extendiera su vigencia y al mismo tiempo aplicara a mayor cantidad de personas, con lo cual de especial y extraordinaria no tiene nada (por decir lo menos). Desde mi primer artículo intitulad ‘Espejismo de inamovilidad’ hasta el presente, le he dedicado dieciocho opiniones a este tópico por una sencilla razón: el empleo es uno de los ejes principales de la política laboral en todos los países, al punto de convertirse en el epicentro de la preocupación actual de la propia Organización Internacional del Trabajo.

Mientras los países del hemisferio revisan con preocupación las proyecciones cuantitativas y cualitativas en el tema in comento, nosotros creemos que manipulando el síntoma resolveremos la enfermedad. En efecto, en cuanto al aspecto cuantitativo todo comenzó por cambiar la definición de población desocupada en el Instituto Nacional de Estadísticas con el objeto de vaciar la categoría, luego por maquillar las cifras, después por retrasar su difusión y finalmente por no publicarlas (por lo menos desde abril de 2016 hasta la fecha presente). Mientras CamerLynck y Lyon-Caen desde inicios de los sesenta sostienen que el Derecho del Trabajo es tributario de lo económico, aquí quienes regentan sostienen que tenemos al mismo tiempo pleno empleo y guerra económica: la verdad es que hay que ser ingenuo (por no decir la palabra que de verdad corresponde) para creerse esas dos mentiras.





En cuanto al aspecto cualitativo, cabe preguntarse cuál es el saldo de los veintidós Decretos de Inamovilidad Laboral y también cuál es el balance del régimen del perverso sistema de estabilidad absoluta previsto en la legislación laboral vigente (que por cierto hizo inútil al menos los últimos cuatro Decretos de Inamovilidad dejando en evidencia la ignorancia de su autor). En primer lugar, el evidente colapso de las distintas Inspectorías del Trabajo que con limitada capacidad tratan de atender las crecientes denuncias por solicitud de reenganche sin contar con funcionarios ni recursos suficientes, al punto que a la fecha, en buena parte de la Administración del Trabajo se está dando curso a solicitudes que tienen más de diez meses de retraso.

En segundo lugar, el fomento de la impunidad laboral habida cuenta la inmensa demora en los procedimientos de solicitud de autorización de despido que, como es del conocimiento común, no son la prioridad en la Inspectoría del Trabajo salvo dudosas excepciones. Esa mala mezcla de hiperprotección al trabajador y al mismo tiempo maltrato al actor patronal, termina por reforzarle al primero la vana idea según la cual es una suerte omnipotente organizacional, un sujeto inmune incluso si incumple sus deberes y obligaciones más elementales.

En tercer lugar y corolario de lo anterior: el encarecimiento de los despidos. En efecto -como he sostenido en múltiples oportunidades- tanto la inamovilidad laboral general como la estabilidad laboral absoluta no impiden que ocurran los despidos, sino que simplemente los encarecen pues obliga al empleador a negociar escenarios de ruptura laboral en condiciones inflexibles. Esta situación causa un cuarto efecto; a saber: la inhibición de nuevas contrataciones, toda vez que un empleador se abstiene de ingresar nuevas personas en la entidad de trabajo salvo que ello sea estrictamente necesario, con lo cual una vez finalizada una relación laboral, es mucho menos probable hoy que se contrate un sustituto para ocupar el cargo vacante. En suma y como he afirmado en otras oportunidades, tanto la inamovilidad laboral general como la estabilidad absoluta resultan ineficaces para cumplir su cometido.

Al mismo tiempo, el régimen combate sin cesar la iniciativa privada, la identifica como un enemigo y por tanto lejos de promover el desarrollo de este sector lo llena de excesivas cargas fiscales, de sanciones –incluso penales- y cómo no, también de casi doscientas obligaciones laborales. Perdió su capacidad de absorber la fuerza de trabajo y no fomenta la creación de empleos en el sector privado, por el contrario inhibe, ahuyenta, amenaza y reprime. Lo que tenemos hoy es un mercado laboral de empresas que entre variables de contexto y las reglas de la oferta y demanda deprime las condiciones de contratación, un mal llamado sector informal saturado al tiempo que poco rentable y excluyente del manto protector laboral, un cierre creciente de fuentes de trabajo y una incapacidad tremenda para solucionar la crisis. Entonces, qué es mejor: ¿prohibir despidos o fomentar empleos?

JAIR DE FREITAS DE JESÚS

@jair_defreitas

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