Súmate alerta que miembros de mesa no han recibido información sobre elecciones regionales

Súmate alerta que miembros de mesa no han recibido información sobre elecciones regionales

Foto archivo
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Súmate alerta que el Consejo Nacional Electoral (CNE) está retrasado en la notificación de los electores que fueron escogidos en el sorteo del 31 de marzo de 2016 como integrantes de las Juntas Regionales, Municipales y Parroquiales y de las Mesas de Votación, máximo cuando su capacitación ya debió iniciarse para que puedan asumir sus funciones en las Elecciones de Gobernadores, las cuales fueron finalmente convocadas este lunes 11 para realizarlas el próximo 15 de octubre, es decir, 35 días antes del evento electoral, contrario a lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

Nota de prensa

La ONG recuerda a los miembros del Directorio y a la Junta Nacional Electoral del CNE que los artículos 99 y 112 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y 53 del Reglamento General les obligan a notificar “de manera individual y expresa”, como también de su capacitación, a los electores que fueron seleccionados en el último sorteo público y automatizado realizado el 31 de marzo de 2016 para el servicio electoral obligatorio en las Juntas Regionales Electorales, Juntas Municipales y Juntas Parroquiales (18 integrantes para cada una de ellas), y Mesas de Votación (30 miembros para cada una de ellas) de los 23 estados donde habrá elecciones de gobernadores.

Súmate aclara que a la fecha la lista de los electores seleccionados para el servicio electoral en los organismos subalternos de la Junta Nacional Electoral es la del 31 de marzo de 2016, ante la omisión e incumplimiento de esta instancia de su deber constitucional y legal de realizar el sorteo correspondiente a 2017; al mismo tiempo, advierte que la misma aún no ha sido publicada en Gaceta Electoral ni es de acceso público en el portal web del CNE, con lo cual las autoridades del CNE transgreden lo dispuesto en los artículos 97 y 99 de la LOPRE y 53 del Reglamento General de la LOPRE.

La ONG hace un llamado a todos los electores a revisar y verificar sus datos en el sitio web del CNE (www.cne.gob.ve) ingresando su número de cédula de identidad en el campo “Consulte sus Datos – Registro Electoral”, para saber si fueron seleccionados como integrantes de los organismos electorales subalternos del CNE, con el fin de que se incorporen de inmediato a sus funciones de árbitros ciudadanos en las Elecciones de Gobernadores; en especial los Miembros de Mesa, quienes pueden contribuir a que los venezolanos y extranjeros con derecho al voto en estos comicios lo hagan con libertad y la seguridad de que será respetada su voluntad, como también de que no permitirán la usurpación de identidad ni el voto múltiple.

Súmate reitera su denuncia de que la Junta Nacional Electoral ejecutó algunas actividades para los comicios de gobernadores fuera de cronograma en clara violación de lo estipulado por el artículo 42 de la LOPRE; entre ellas el anuncio en su portal web de que el período de excepciones al servicio electoral es del 1 al 15 de septiembre, observando además que esta actividad no puede hacerse efectiva porque hasta la fecha no ha notificado oficialmente “de manera individual y expresa” a los electores que fueron seleccionados como integrantes de las Juntas y Mesas de Votación en el sorteo público y automatizado realizado el 31 de marzo de 2016.

Aprovecha para informar que cada organismo electoral subalterno de la Junta Nacional Electoral, sea Junta Electoral o Mesa de Votación, debe estar integrado al menos por cinco miembros principales, según lo dispuesto por el artículo 55 de la LOPRE. Precisa que de acuerdo al artículo 98 de la LOPRE en el sorteo debe determinarse los integrantes que detentarán el cargo de Presidente y Secretario para cada una de las Juntas y Mesas Electorales. Mientras que los artículos 50 y 51 del Reglamento General de la LOPRE estipulan que el administrador electoral en el sorteo público y automatizado debe escoger para cada organismo electoral subalterno a Miembros Principales, Miembros Suplentes y Miembros de Reserva, según sea el caso; y el artículo 43 de la misma reglamentación lo reitera para el caso de las Mesas de Votación.

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