Violencia económica contra mujeres se sanciona hasta con tres años de prisión

Foto: Asamblea Nacional Constituyente / Archivo
Foto: Asamblea Nacional Constituyente / Archivo

 

La legislación venezolana sanciona hasta con tres años de prisión a quien incurra en el delito de violencia patrimonial y económica contra mujeres, tal como lo contempla en su artículo 50 la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, reseña AVN.

El instrumento legal establece que comete este delito quien en condición de cónyuge separado legalmente o concubino en situación de separación sustraiga y ordene el bloqueo de cuentas bancarias o realice actos capaces de afectar el patrimonio propio de la mujer.





El instrumento legal también refiere que la pena puede aumentar a cuatro años y medio en caso de que los actos estén dirigidos intencionalmente a privar a la mujer de los medios económicos indispensables para su subsistencia, satisfacer sus necesidades y las del núcleo familiar.

Casos como este pueden ser denunciados en los 91 tribunales con competencia en materia de delitos contra las mujeres que han sido creados en el país durante los últimos años.

Actualmente, los movimientos de mujeres también trabajan en la puesta en marcha de cuatro tribunales especiales y la inauguración de cortes de apelaciones en varios estados del país.

De igual forma, debido a la participación protagónica que durante los últimos 18 años han tenido las venezolanas, en la Asamblea Nacional Constituyente se instaló recientemente la Comisión Constituyente para la Equidad e Igualdad para la Mujer, que permitirá debatir sobre la protección de los derechos fundamentales de este sector de la población.