Análisis: El viacrucis judicial de los diputados de Amazonas

Análisis: El viacrucis judicial de los diputados de Amazonas

Los diputados de Amazonas electos en 2015
Los diputados de Amazonas electos en 2015

 

Fueron electos como diputados de la Asamblea Nacional (AN) por expresión de la voluntad popular del estado Amazonas el 6 de diciembre de 2015, pero nunca han podido ejercer su cargo por diversas sentencias del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).La primera de ellas (sentencia 260/2015) se dictó en plenas vacaciones judiciales el 30 de diciembre de 2015, es decir, ya hace dos años.

Por Acceso a la justicia





En el dictamen, la Sala Electoral del máximo tribunal de la República ordenó la suspensión del acto de totalización, adjudicación y proclamación de los cuatro parlamentarios por representación indígena, circuito 1 y lista: Julio Ygarza, Nirma Guarulla, Romel Guzamana (los 3 de oposición) y Miguel Rodríguez (Psuv). El fallo que sólo tardó un día en emitirse favoreció la petición de quien fuera candidata en dicha entidad por el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), Nicia Maldonado, además de ex ministra del Ambiente del gobierno de Hugo Chávez.

En su momento Acceso a la Justicia y otros expertos juristas advirtieron que la totalización, adjudicación y proclamación constituían actos ejecutados y ya cumplidos, con lo cual resultaba imposible, material y legalmente, suspender o retrotraer sus efectos a través de la medida cautelar dictada por la Sala Electoral. Por ello, la AN recién electa juramentó a todos sus diputados, incluidos los de Amazonas, al instalarse en enero de 2016.

A pesar de ello, el TSJ a través de su Sala Electoral mantuvo el criterio sostenido en la decisión 260/2015 en su sentencia nº 1 de 2016, por solicitud nuevamente de Maldonado y en sólo 4 días ordenó a la AN desincorporar a los diputados, so pena de desacato.

Como consecuencia de este nuevo fallo, la AN desincorporó a los diputados de Amazonas. La Sala Constitucional (SC) reconoció que había cesado el desacato, pero aún así autorizó al presidente de la República Nicolás Maduro para que presentara ante los magistrados del alto Tribunal su memoria y cuenta y no ante la AN como corresponde.

Pese al reconocimiento de la SC, dicha instancia empezó a dictar sentencias que indicaron lo contrario, sin causa clara. Por ejemplo en su decisión nº 4 declaró constitucional el estado de excepción invocado por el Jefe de Estado y en la nº 7 anuló el acuerdo de la AN que lo desaprobaba. De igual forma, en su dictamen nº 9 desconoció la función contralora del parlamento.

Por su parte, la oposición acudió al TSJ para que se permitiera a los legisladores de Amazonas incorporarse a sus curules y los magistrados se tomaron 211 días para decirles que seguían suspendidos (sentencia 126), lo contrario a la justicia exprés a favor del Psuv. También se esperaba en 2016 la orden para que se repitieran los comicios en Amazonas, la cual nunca llegó, dejando a una población tan vulnerable como la indígena y a 116. 216 votantes sin representación política en el parlamento.

Tira y encoje 
Aún a la espera de la repetición de los comicios en Amazonas, la AN bajo el mando de Henry Ramos Allup (AD) entregó de nuevo sus credenciales a los diputados en pugna el 28 de julio de 2016. “Nunca van a resolver el tema de la incorporación de los diputados de Amazonas. No vamos a acatar ninguna decisión (del TSJ) que viole la Constitución”, subrayó Ramos Allup. Por su parte, el TSJ insistió a los pocos días (2 de agosto) con el desacato (sentencia 108/2016) y declaró  “la invalidez, inexistencia e ineficiencia jurídica” de la nueva juramentación y de todos los actos siguientes del parlamento.

Probablemente, en vista de la guerra judicial del 2016 en contra de la AN a raíz del desacato, en enero de 2017 la nueva directiva de la AN, encabezada por el diputado Julio Borges tomó como primera medida la desincorporación de los diputados de Amazonas, a solicitud de los mismos afectados, por las repercusiones que estaba teniendo el supuesto desacato para la democracia venezolana.

A pesar de ello, el TSJ consideró que la manera en que la AN había desincorporado a los diputados y elegido a la nueva directiva no era la adecuada y volvió a declararla en desacato, ordenando que se volviera a incorporar la vieja directiva, lo cual viola la Constitución que establece que a partir del 5 de enero la directiva anterior no puede ejercer funciones de ningún tipo. La AN no hizo lo que le pidió la SC por lo que fue considerada  en desacato todo el 2017.

Falsa alarma
A principios de diciembre de 2017, el TSJ declaró concluido un caso judicial relacionado con Amazonas,  una de las siete causas que se originaron a partir de esas elecciones y que no tuvo que ver con la sentencia 260 que suspendió a los cuatro diputados, aún vigente y sin argumentación de fondo dos años después.
Se trató del caso de la diputada Guarulla (sentencia 221/2017), el cual pereció por desinterés del demandante en el juicio y que en nada cambió su situación de exclusión de la AN.

De lo anterior queda claro que de nada han servido las entradas y salidas de los diputados de Amazonas de la AN, pues seguimos con un Poder Legislativo atado de manos con las consecuencias ya conocidas hasta la fecha, derivadas de la completa anulación de sus competencias.

Dicha problemática se agravó con la llegada de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) que funge como un ilegítimo parlamento nacional con poderes supraconstitucionales.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?
Al impedir el ejercicio de la representación política de Amazonas y la Región Indígena Sur de dicha entidad que también abarca el estado Apure, por parte de los diputados electos, el TSJ violó los derechos políticos más básicos de sus habitantes, así como la voluntad popular.

El Gobierno nacional tiene como una de sus banderas a los indígenas, pero al apoyar las acusaciones de fraude electoral en las elecciones parlamentarias en ese estado y pedir a través del Psuv que se repitieran los comicios para que nunca se hicieran, demostró junto al Poder Judicial que poco le importa esta población y que no hay defensa alguna del colectivo como en cambio suele sostener.