Venezolanos en Chile se adhieren al recurso de interpretación de los artículos 232 y 233 de la CRBV

Venezolanos en Chile se adhieren al recurso de interpretación de los artículos 232 y 233 de la CRBV

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Este miércoles, diversas organizaciones de la sociedad civil venezolana que hacen vida en Santiago de Chile, entre ellas Pensivech, Estudiantes Venezolanos en Chile, ONG Un Mundo Sin Mordaza, entre otras organizaciones, entregaron a los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia Legítimo en el exilio, asilados en Chile, un documento de Adhesión al recurso de interpretación ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Legítimo, el 22 de febrero de 2018, el cual fue presentado a los Magistrados del TSJ Legítimo asilados en Estados Unidos.

Nota de prensa

En este documento se solicita una interpretación de los artículos 232 y 233 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ante la declaración de abandono del cargo del Presidente de la República por parte la Asamblea Nacional legítima en sesión del 09 de enero de 2017.

Asimismo, el documento expresa la exigencia de analizar el comportamiento inconstitucional del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, su tren ministerial y el de los demás poderes del Estado venezolano al convocar una Asamblea Nacional Constituyente a través de medios distintos a los constitucionales; así como todas las acciones y omisiones derivadas del actuar de este órgano ilegítimo.

Finalmente, establece la exigencia al TSJ Legítimo, de cumplir con su deber para nombrar un nuevo Consejo Nacional Electoral que permita elecciones libres, directas y secretas con todas las garantías constitucionales; incluyendo la debida participación de los venezolanos en el exterior; a modo de suplir la vacancia absoluta del cargo.

Los Magistrados Elenis Del Valle Rodriguez Martínez, Vice Presidenta de la Sala Constitucional del TSJ Legítimo, y el Magistrado Ramón Pérez Linares, miembro de la Junta Directiva del TSJ Legítimo, han recibido este documento de Adhesión, comprometiéndose a que, una vez que se le de entrada por secretaria, se nombre el ponente que estudiará y decidirá sobre el recurso de Interpretación y Adhesión solicitada.

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