Sindicato de empleados de Inparques denuncia irregularidades tras designación de nueva autoridad en el Parque del Este

AVN

 

 

El Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos del Instituto Nacional de Parques (SUNEP – INPARQUES) denunció la existencia de algunas irregularidades en la administración del Parque del Este tras la reciente designación de Gerardo Roel Sánchez Chacón como Autoridad Única del lugar, así como del parque Bolívar.





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A través de una carta explicaron que siendo Inparques la autoridad legítimamente competente para gestionar el parque, el traslado de estas competencias debería proceder a través de los actos administrativos pertinentes, como el otorgamiento de una concesión.

Sin embargo, la designación se hizo bajo un punto de cuenta aprobado por el Presidente de la República y según el Sindicato no cumple con lo dispuesto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública (Decreto N° 1.424 del 17.11.2014, GO N° 6.147 Extraordinario del 17.11.2014) que en su artículo 74 establece que las autoridades únicas serán designadas por el Presidente de la República mediante Decreto.

Asimismo, denuncian que en tal punto de cuenta se aprobó la cuantiosa cifra de tres billones quinientos mil millones de bolívares fuertes para el denominado Plan de Recuperación del Parque del Este.

Por otra parte, cuestionan la reciente orden dada verbalmente de ampliar el horario de cierre del parque hasta las 7:00 de la noche puesto que en el recinto solo hay el mínimo de bombillos y el personal de vigilancia está muy mal equipado.

Por tal motivo exigen repuesta sobre las siguientes inquietudes:

  1. Si es política del gobierno nacional trasladar la administración de las áreas bajo jurisdicción de INPARQUES, a favor de otros órganos o entes de la Administración Pública, en vez de adelantar un proceso de recuperación de nuestro Instituto.
  2. Cuáles son las características del proceso de transmisión de competencias desde INPARQUES a la novel autoridad única.
  3. Cuáles son el objeto, competencias y/o atribuciones de la autoridad única, y si en su condición de autoridad legal para la administración del PGFM, INPARQUES ejercerá algún control sobre la gestión de la misma.
  4. Cuáles son los contenidos del Plan de Recuperación del PGFM.