Violando la Carta Magna, Constituyente cubana allana inmunidad a Requesens y Borges

Violando la Carta Magna, Constituyente cubana allana inmunidad a Requesens y Borges

Constituyente cubana

 

La constituyente cubana, violando la Constitución Nacional aprobó el allanamiento de la inmunidad parlamentaria de los diputados legítimamente electos de la Asamblea Nacional, Julio Borges y Juan Requesens, a quienes el gobierno vincula con el atentado fallido en contra de Nicolás Maduro.

LaPatilla.com





Este miércoles Diosdado Cabello, durante la sesión de la Constituyente cubana, leyó la sentencia, de la Sala Plena, donde el Tribunal Supremo de Justicia acordó la detención del diputado Julio Borges por instigación pública continuada; traición a la patria y homicidio intencional calificado en grado de frustración contra Nicolás Maduro.

Durante la misma, Pedro Carreño solicitó la aprobación del allanamiento de la inmunidad parlamentaria del diputado Juan Requesens y Julio Borges.

Por su parte, Gladys Requena apoyó la solicitud y acusó a la oposición de buscar una guerra civil y la caída del presidente de turno. “El Fiscal General hizo lo propio, el Tribunal Supremo de Justicia hizo lo propio y esta Asamblea Nacional Constituyente está haciendo lo propio”.

Entre tanto, Elvis Amoroso aseguró que “la Asamblea Nacional Constituyente tiene la faculta de hacer lo que se hará el día de hoy por petición del Tribunal Supremo de Justicia”.

“Aprobado por unanimidad (…). Son los dos primeros que aparecen señalados por la investigación. A todo aquel que esté involucrado la justicia le llegará”, dijo el presidente de la Constituyente cubana, Diosdado Cabello, tras una votación a mano alzada.

Es importante destacar que el artículo 200 de la Constitución Nacional ha sido violado con esta decisión.

Artículo 200. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia.