TSJ pide a Colombia extradición del diputado Julio Borges

TSJ pide a Colombia extradición del diputado Julio Borges

Member of Venezuela’s opposition and former president of the National Assembly Julio Borges talks to AFP in Bogota, on August 8, 2018. / AFP PHOTO / Raul ARBOLEDA

 

El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala de Casación Penal, declaró procedente la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano Julio Borges a objeto de ser sometido a un proceso penal en Venezuela por la presunta comisión de los delitos de traición a la patria, tipificado en el artículo 128 del Código Penal; homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del Presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro, tipificado en el artículo 405 concatenado con el artículo 406 numeral 3 del mencionado código en relación con el artículo 80 eiusdem; así como instigación pública continuada y conspiración previstos en los artículos 285 y 132 del mismo código, respectivamente.

Además del diputado Julio Borges, también se pidió la extradición de Rayder Russo, Oswaldo Valentín García Palomo, Elvis Arnaldo Rivas Barrios y Carlos Monasterios ante la República de Colombia; los ciudadanos: Josser López Valero, Osman Delgado y la ciudadana Virginia Antonieta Da Silva-Pio ante los Estados Unidos de América y Yilber Escalona ante la República del Perú por la presunta comisión del delito de homicidio calificado en grado de frustración y otros delitos.





De acuerdo a la sentencia N° 249 de la Sala de Casación Penal, con ponencia de la magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno, el ciudadano Julio Borges también será juzgado por la presunta comisión del delito de homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y con motivos fútiles en grado de frustración, tipificado en el artículo 405 concatenado con el artículo 406 numeral 2 del referido instrumento jurídico en relación con el artículo 80 eiusdem.

En la decisión N° 249 de la Sala de Casación Penal, con fecha 16 de agosto de 2018, también se establece que se asume el firme compromiso ante la República de Colombia que dicho ciudadano será procesado con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como el derecho al debido proceso; al principio a la no discriminación; a la prohibición de la desaparición forzada de personas; a la integridad física, psíquica y moral; y a la prohibición de ser sometidos a penas, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes.

El TSJ en este dictamen también asegura a la República de Colombia que el ciudadano Julio Borges será tratado con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano, al derecho a un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado, al derecho a la asistencia jurídica, así como la garantía de todos los derechos civiles y sociales inherentes a la persona privada de libertad.

La sentencia también ordena remitir copia certificada de la decisión y de las actuaciones que cursan en el expediente al Poder Ejecutivo nacional.

Nota de prensa