Félix Francisco Bertomolde: La guinda de la manipulación política del Poder Judicial en Monagas

Se dice que “En el ejercicio de sus funciones los jueces y juezas son autónomos e independientes”, así, entre comillas y con recelo se hace esa afirmación, existiendo sobradas razones para sostener lo contrario en detrimento de lo previsto en el Artículo 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Para muestra un botón, Wendy Figarrella, solo con mencionar su nombre, desde Caripe hasta Temblador, pasando por Taguaya y Morichal, se puede deducir fácilmente todo lo que falta por descubrir de esta funcionaria.

Mi amigo, el de la Cruz de la Paloma de Maturín, me hizo llegar copia de la Resolución N° 010-2018, de fecha 17 de Julio de 2018, suscrita por “Wendy Katherin Figarrella García, titular de la cédula de identidad N° 11.691.415, Jueza Presidenta del Circuito Judicial Penal del estado Monagas”, la cual fue dictada a los fines de organizar las guardias de los Tribunales y establecer el calendario y horario correspondiente a los días y horas de despacho.





En algún punto de su lectura llegué a pensar seriamente que sufría de dislexia, la omisión de acentos y la pésima combinatoria de los constituyentes sintácticos deja mucho que desear en la dama aludida.

De esa resolución, que alguien sin lógica jurídica pero con cuatro dedos de frente no firmaría, centré mi atención en el inciso sexto de lo que resolvió Wendy, que dice así:

“SEXTO: Los Jueces y Juezas de los Tribunales deben dar cumplimiento a lo que (sic) continuación se detalla: 1) La No remisión de los expediente (sic) a la Representación Fiscal del Ministerio Público luego de la oída de imputados. 2) Notificar a Presidencia de manera inmediata los casos que se consideran Emblemáticos (contra funcionarios, casos de impacto ambiental en el estado, material estratégico, hechos de calle, delitos contra la corrupción, contra la guerra económica, drogas, entre otros), así como Ordenes de Allanamiento, Ordenes de Aprehensión, Decaimiento, Fiadores y Revisión de Medidas por razones de salud. 3) Los amparos deben ser atendidos por los Jueces Naturales, 4) Atender con prioridad los traslados provenientes de zonas foráneas. 5) Ordenar a los asistentes de guardia la elaboración de Boletas de Encarcelación, por cuanto no se entregan privados de libertad a los órganos aprehensores sin el respectivo oficio.”

Tal como ustedes ven este extracto se lo di para su análisis a un conocido y joven preso político.

– ¡Eso es una camisa de fuerza! -exclamó-. Quien haya firmado esas instrucciones específicas no es más que un comisario político que hace de los jueces unas miserias humanas.

Aquello me conmovió, no por Wendy, por el muchacho que tan duramente me hacía saber su opinión, pero no podía ser de otra manera, la pela que aguantó enfermo en la cárcel se debió en gran medida a operadores de justicia que cumplen esas resoluciones al pie de la letra.

– Quien firmó esto envía un mensaje claro, aquí quien manda soy yo y se hace solamente lo que yo diga, ante eso no hay autonomía, independencia mucho menos, ni qué ocho cuartos que valgan. Además reconoce que existen casos emblemáticos como el mío, que negaron hasta que me dejaron en libertad.

Sin ser abogado, dio esta apreciación:

– Conozco poco de leyes y procedimientos jurídicos, pero de amparos constitucionales se mucho, en mis años de preso nunca metimos un amparo por ante el juez que estaba violándome derechos y garantías contenidos en la Constitución, se fumó una lumpia o se graduó en la UBV (Universidad Bolivariana de Venezuela), no hay de otra para ordenar eso, pero ¿sabes qué es más grave?, que eso sea aceptado como algo cierto, como algo válido por los jueces a quien va dirigido ese escrito, haciéndolos cómplices en la ruina del poder judicial.

Y no le faltaba razón a este joven valeroso, quien agregó:

– Teniendo ese escrito en la mano en un país donde reinen las leyes y la justicia, la persona que se tomó esas atribuciones va presa de inmediato, por supuesto que sí, por estar incurriendo en una descarada manipulación política de la administración de justicia y de eso si conozco bastante también.

Luego de escuchar esta interpretación alejada del mundo jurídico, pero muy ilustrativa a los efectos de demostrar una aberración en un alto funcionario judicial, dejo abierto el debate entre los profesionales del derecho (claro, de los que no andan apropiándose de los Colegios de Abogados a la fuerza) y estaré honrado de recibir sus opiniones sobre tan sensible materia procedimental.

Félix Francisco Bertomolde

@memientanchico