¡Juzgue usted! Delito imputado a funcionarios del Dgcim por muerte del C/C Acosta Arévalo tiene una pena máxima de 9 años

 

El vicepresidente del Foro Penal, Gonzalo Himiob, informó este lunes que el delito de “Homicidio Preterintencional Concausal” que le fue imputados a los dos funcionarios de la DGCIM detenidos por la muerte del capitán Rafael Arévalo tiene una pena máxima de 9 años de prisión, publicó Reporte Confidencial.





Disfrazar de ‘delito común'(de Homicidio Preterintencional Concausal, por ejemplo) cualquier acto que sea una muy grave violación a los DDHH es una estrategia dirigida a tergiversar la verdad y a procurar la impunidad de sus responsables. El homicidio preterintencional Concausal supone que la muerte de una persona se ha causado ejecutando contra ella actos dolosos dirigidos a lesionarla, no a matarla (se actúa con “animus nocendi”, no con ‘animus necandi’)”, expuso el abogado en su cuenta de Twitter.

“Además, calificar el homicidio como ‘concausal’ implica que la muerte no habría tenido lugar sin la presencia de condiciones o situaciones (denominadas “concausas”, preexistentes o sobrevenidas) desconocidas por el homicida, o imprevistas, que no han dependido de sus actos”, explicó.