Cidh anunció medidas de protección para familiares del C/C Acosta Arévalo

Carmen Arévalo, madre de Rafael Acosta Arévalo, un capitán de la marina que murió mientras estaba detenido según su familia, camina en la morgue de Caracas, Venezuela, 10 de julio de 2019. REUTERS / Manaure Quintero

 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó hoy medidas cautelares de protección a favor de los familiares del capitán venezolano Rafael Acosta Arévalo, quien murió en cautiverio tras ser detenido por la contrainteligencia militar venezolana el pasado 21 de junio.

El organismo interamericano, con sede en Washington, anunció las mismas medidas para parientes de la abogada y defensora de derechos humanos Tamara Suju.





Con respecto a Acosta Arévalo, la CIDH consideró que los parientes del militar fallecido “se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos”.

La muerte de Acosta Arévalo fue confirmada el pasado 29 de junio por el Gobierno de Maduro, lo que causó la condena de distintos países, entre ellos Estados Unidos que impuso sanciones a la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) de Venezuela, cuyos funcionarios detuvieron al capitán.

En un comunicado, el organismo advirtió que, de acuerdo con la solicitud de medidas que recibió, la familia del capitán y de su esposa “estarían siendo objeto de intimidación y seguimientos por funcionarios estatales”.

“La Comisión solicitó al Estado de Venezuela que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de la familia del señor Rafael Acosta Arévalo”, detalló la nota.

Además, la CIDH pidió al Ejecutivo que “concierte las medidas a adoptarse con las personas propuestas beneficiarias y su representante e informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y evitar así su repetición”.

El régimen de Nicolás Maduro denunció el pasado 26 de junio que había desbaratado un plan de golpe de Estado que había sido planificado durante 14 meses, y acusó al presidente colombiano, Iván Duque, de ser promotor de estas acciones.

Un día después, el fiscal general de Venezuela, Tarek Saab, anunció que el Ministerio Público abrió investigaciones contra 14 civiles y militares por su presunta vinculación con ese plan, entre los que se encontraba Acosta Arévalo.

La CIDH concedió igualmente medidas cautelares en favor de Francisco Arturo Suju Raffo, Carmen Cecilia Fuentes de Suju, Marisela Suyen Suju de Rivero, Andrés Rivero Muro, Oswaldo Ramón Suju Raffo, Elena Torres de Suju y Sungliying Helena Suju Torres, “quienes serían el núcleo familiar” de Tamara Suju.

En otro comunicado, la CIDH indicó que estas personas “se encontrarían en una situación de riesgo tras ser objeto de acosos y hostigamientos por parte de autoridades estatales”.

“La Comisión tomó en consideración que la situación de riesgo de las personas beneficiarias estaría conectada a la actuación internacional de la señora Suju como defensora de derechos humanos y opositora política. En razón de lo anterior, su núcleo familiar habría sido blanco de allanamientos por lo menos cinco veces en un periodo inferior a un mes”.

La CIDH aseguró haber “monitoreado la situación que atraviesa Venezuela, habiendo recibido información de que se estarían utilizando los allanamientos como una forma de hostigamiento e intimidación a personas que se identifican como parte de la oposición al Gobierno”.

Suju, quien es directora ejecutiva del Instituto CASLA de Praga y reside como exiliada política en la República Checa desde 2014, ha denunciado la situación de Venezuela ante la Organización de Estados Americanos (OEA).

Además CASLA, que es un centro especializado en estudios de América Latina que recibe fondos del Estado checo, ha presentado ante la Corte Penal Internacional (CPI) varios expedientes con hasta 600 casos de torturas atribuidos a responsables del régimen de Maduro.

El régimen venezolano no reconoce la autoridad de la CIDH por ser una institución adscrita a la Organización de Estados Americanos (OEA) del que el equipo de usurpadores de Maduro se retiró en abril.

Con información de EFE

A Continuación, el comunicado emitido por la CIDH respecto al caso del C/C Acosta Arévalo:

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 1 de octubre de 2019 la Resolución 49/2019, mediante la cual otorgó medidas cautelares de protección a favor de familiares de Rafael Acosta Arévalo, en Venezuela, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos.

De acuerdo con la solicitud, la familia del señor Rafael Acosta Arévalo y de su esposa, tras la muerte del señor Acosta Arévalo bajo custodia del Estado, estarían siendo objeto de intimidación y seguimientos por funcionarios estatales.

El pasado julio la Comisión tuvo conocimiento de la muerte del Capitán Rafael Acosta Arévalo bajo custodia de la DGCIM por probables actos de tortura. Según nota del Ministro de Comunicación, el gobierno habría solicitado una investigación respecto del caso. En este sentido, la Comisión recordó al Estado su obligación de prevenir y sancionar la tortura y de brindar información a la Comisión sobre las medidas adoptadas en tal sentido, de conformidad con la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

A la luz de lo anterior, en la solicitud se informó que sus familiares han emprendido una serie de acciones tendientes a que sean esclarecidas las circunstancias en que habría ocurrido su muerte, en búsqueda de verdad y justicia. A su vez, se informó no se habría permitido acceder al cuerpo del señor Acosta Arévalo a sus familiares y abogados. De manera particular, la Comisión tomó en cuenta que las personas beneficiarias estarían siendo objeto de vigilancia y seguimientos por agentes del Estado y recientemente se habría llevado a cabo un cateo en la casa de sus suegros.

Asimismo, se indicó que las personas beneficiarias no cuentan con medidas de protección, no obstante la gran polémica y el alto perfil del caso frente al cual se han encontrado expuestas mediáticamente, en un contexto en que, de acuerdo con la información aportada, se caracterizaría por la represión a quienes son críticos al gobierno.

Con base en el artículo 25 de su Reglamento, la Comisión solicitó al Estado de Venezuela que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de la familia del señor Rafael Acosta Arévalo; concierte las medidas a adoptarse con las personas propuestas beneficiarias y su representante; e informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y evitar así su repetición.

El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Declaración Americana y otros instrumentos aplicables.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.