La promesa engañosa de un nuevo CNE

La promesa engañosa de un nuevo CNE

Consejo Nacional Electoral (CNE) de Venezuela. EFE/Miguel Gutiérrez

 

Garantizar un arbitraje institucional independiente implica que el CNE respete la Constitución y la LOPRE; además es fundamental la reinstitucionalización de los órganos subordinados y los organismos subalternos dentro del CNE, así como las Ocinas Regionales y sus funcionarios, determinando detalladamente sus funciones y competencias. Pero también se requiere de un TSJ independiente, y un Poder Ciudadano imparcial. Es decir, para garantizar el arbitraje institucional imparcial que se requiere, además de un nuevo CNE, hacen falta cambios profundos en otros poderes públicos.

Por Eugenio Martínez / lagranaldea.com





La Mesa de Diálogo instalada en la Casa Amarilla entre el gobierno de Nicolás Maduro y los representantes de los partidos disidentes de oposición, se ha jado como un objetivo primordial la designación de un nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE).

Incluso, el pasado 16 de octubre se conformó una mesa especial para discutir las opciones políticas y jurídicas para lograr la designación de un nuevo organismo electoral, y las garantías electorales que deberían tener las próximas elecciones.

No obstante, para recuperar la credibilidad de las elecciones en Venezuela se necesita un arbitraje electoral institucional e imparcial, y para lograrlo no es suciente con cambiar algunos de los nombres de los cinco rectores principales del CNE.

Los políticos desconocen la estructura del CNE

El organismo electoral está conformado por cinco rectores principales y tres suplentes incorporados a los órganos subordinados (en algunos casos estos suplentes tiene más poder de decisión política y técnica que los propios rectores principales).

La actual composición del CNE es la siguiente:

Tres rectores principales representantes de la sociedad civil. En este grupo se incluye a Tibisay Lucena,
Sandra Oblitas y Luis Emilio Rondón.

• Tibisay Lucena, además de presidir al CNE, también dirige a la Junta Nacional Electoral.

• Sandra Oblitas, además de es vicepresidenta del organismo, dirige la Comisión de Registro Civil y
Electoral.

• Luis Emilio Rondón, además de rector principal del órgano electoral, le toca presidir la Comisión de Participación Política y Financiamiento.

Adicionalmente se encuentra un rector representante de las facultades de ciencias jurídicas de las universidades nacionales, desde el 2006, se trata de Socorro Hernández; y un rector representante del Poder Ciudadano (Fiscalía, Defensoría del Pueblo y Contraloría General de la República) desde el 2009, y se trata de Tania D’Amelio

Por otra parte están los rectores suplentes incorporados:

• Abdón Hernández (primer suplente de Tibisay Lucena) incorporado a la Comisión de Participación Política y Financiamiento.

• Luis Brito (segundo suplente de Luis Emilio Rondón) incorporado a la Comisión de Registro Civil y Electoral.

• Carlos Quintero (primer suplente de Sandra Oblitas) incorporado a la Junta Nacional Electoral.

Desde los sectores políticos que piden la renovación de los rectores del CNE poco se analiza la composición del organismo, los periodos de los rectores y las competencias políticas y técnicas de cada uno.

Por las facultades que le otorga la Ley del Poder Electoral a los rectores representantes de la sociedad civil, estos tienen mayor peso político y técnico que los rectores que representan a las universidades y al Poder Ciudadano; y aunque no es tema de Ley, la dinámica diaria del organismo otorga a los rectores suplentes mayor poder de decisión técnica que los propios rectores principales. Este es el caso concreto del rector suplente Carlos Quintero.

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