En España los seguros privados de salud no cubren el coronavirus

Un hombre pasa junto a una ambulancia cuando sale del Hospital Carlos III, donde se confirmó un nuevo caso de coronavirus, en Madrid, España / Foto REUTERS / Susana Vera

 

Los seguros privados de salud no cubren el coronavirus ni las enfermedades producidas por éste por tratarse de una epidemia que puede convertirse en pandemia, como ha advertido la Organización Mundial de la Salud (OMS), publica el diario El País.

Aunque los artículos 105 y 106 de la Ley del Contrato de Seguro regulan la asistencia médica y asumen la prestación de servicios médicos y quirúrgicos de los asegurados (dentro de los límites de la póliza contratada) la cosa cambia ante determinadas situaciones como la actual, según un informe del comparador de seguros Acierto.





Es precisamente el caso de los daños causados por epidemias y pandemias declaradas oficialmente como el Covind-19, que queda fuera de las coberturas, debido a lo imprevisible de su evolución, lo que hace muy difícil fijar un precio en función del riesgo, como hacen las aseguradoras.

Además del riesgo, las implicaciones económicas del coronavirus pueden ser “muy superiores” a las de cualquier otra enfermedad, añade el informe, que recuerda, no obstante, que existen precedentes de aseguradoras, como AXA y DKV, que cubrieron en 2009 algunos casos leves de gripe A.

Las personas mayores son las que se exponen a más riesgos en el caso de contraer el coronavirus, con una tasa de mortalidad de casi el 15% entre las que superan los 80 años, seguidas de las embarazadas y el personal sanitario.

Tampoco estarán cubiertos quienes hayan contratado un seguro de viaje y decidan anular su desplazamiento debido al coronavirus, ya que se considera una causa “externa” y no una “causa mayor” que sí estaría cubierta, explica el comparador Rastreator.

Las aseguradoras consideran causa mayor la enfermedad grave del asegurado o de un familiar de primer grado, accidente, fallecimiento, motivos laborales como despidos, prórroga del contrato, incorporación a un nuevo puesto de trabajo o la convocatoria de un organismo oficial.

En cualquier caso, las epidemias como el Covid-19 están excluidas expresamente en el apartado exclusiones generales de una gran mayoría de las aseguradoras, recuerda este comparador. “Para que el seguro de viaje cubra la cancelación del mismo por un motivo como el coronavirus, se debe haber contratado previamente la cláusula de “declaración de zona catastrófica o epidemia en el lugar del domicilio del asegurado o el del destino del viaje” y que ésta no esté entre las exclusiones”, añade.

Para que el asegurado se pueda acoger a esta cobertura, el destino tendría que haber declarado de forma oficial epidemia o zona catastrófica.

Y en el caso de viajar a un país y que las autoridades obliguen al asegurado a permanecer en cuarentena, la estancia en dicho país y los gastos estarían cubiertos, pero teniendo en cuenta que será el Gobierno el encargado de la gestión sanitaria de la enfermedad y decidirá la extensión de la cuarentena y el centro médico en el que ingresará el afectado.

En cualquier caso, Rastreator recuerda que habrá casos en los que la aseguradora no podrá prestar el servicio en ciertos países donde el Gobierno gestione, controle y coordine todos los aspectos de la enfermedad.