Humberto Prado rechazó la detención a defensora de DDHH en el estado Lara (Comunicado)

Humberto Prado rechazó la detención a defensora de DDHH en el estado Lara (Comunicado)

Humberto Prado

 

Este 9 de junio el Comisionado Presidencial para los DDHH, Humberto Prado rechazó la detención de la activista Milagros Rodríguez por parte del régimen de Nicolás Maduro mediante un comunicado.

laptilla.com





Un fragmento del escrito indica que la defensora de DDHH fue detenida de forma arbitraria mientras estaba en cola para suministrar gasolina a su vehículo por lo tanto en comusionado rechazó categóricamente el acto y exige su libertad de forma inmediata.

Lea a continuación el comunicado

COMISIONADO PRESIDENCIAL PARA LOS DERECHOS HUMANOS Y ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS RECHAZA DETENCIÓN ARBITRARIA DE DEFENSORA DE DERECHOS HUMANOS EN EL ESTADO LARA POR EXIGIR SUMINISTRO REGULAR DE GASOLINA

La Comisión Presidencial para Derechos Humanos y Atención las Víctimas se une a la denuncia sobre lo sucedido en la madrugada de este 9 de junio de 2020 respecto de la abogada y activista de derechos humanos del Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Lara, Milagros Rodríguez, quien fue arbitrariamente detenida en la ciudad de Sanare cuando al estar en espera de adquirir gasolina en una estación de servicio de la localidad, reclamó a efectivos de la policía estadal, que controlaban el servicio, el esquema de distribución empleado para el suministro.

Resaltamos que esta nueva detención arbitraria se da en el medio de un contexto de amenaza, persecución y hostigamiento fortalecido en ocasión al estado de alarma decretado por la usurpación que ha dado lugar a un conjunto de abusos de poder y violaciones derechos humanos. Concretamente, esto se circunscribe además en un ambiente de criminalización de la labor de protección, defensa y promoción de los derechos humanos.

El Poder Fáctico se ha encargado de implementar una política hostil y adversa en contra del desarrollo de las actividades de los defensores de derechos humanos por medio del empleo de un discurso estigmatizante, discriminatorio y de desprestigio que ha promovido una estructura de violencia que ha llegado a afectar la vida e integridad personal de los defensores en distintos entornos, incluso los no asociados directamente con su labor.

La detención arbitraria además sucede en el marco de una crítica situación de escasez general de gasolina que azota principalmente a las ciudades del interior país, circunstancias a las que se le suma el nuevo sistema de venta que impone en los venezolanos un costo desproporcionado que muy difícilmente pueda ser asumido por los ciudadanos, vista la emergencia humanitaria compleja que atraviesa el país. Ello, producto de la pérdida del aparato productivo petrolero atribuible a la negligencia del régimen usurpatorio.

Vale señalar que la defensora Milagros Rodríguez no se encontraba cometiendo delito alguno, por el contrario, hacía un reclamo legítimo de los derechos que tiene como venezolana a recibir un trato equitativo en el acceso a bienes y servicios de calidad, consagrado en el artículo 117 de nuestra Constitución. Y en virtud de la falta de una orden judicial de aprehensión que faculte a los funcionarios policiales a proceder al arresto, esta Comisión Presidencial para Derechos Humanos se halla en el deber de catalogar tal acción como una detención ilegal y arbitraria.

Así las cosas, el Comisionado Presidencial para Derechos Humanos y Atención a las Víctimas rechaza categóricamente la detención arbitraria de Milagros Rodríguez y en tal razón exige que se proceda a su inmediata liberación sin restricciones y el pleno respeto de sus derechos como defensora consagrados en la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos.

A tales efectos, nos encontramos elevando la presente denuncia ante organismos internacionales, incluyendo: (i) la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; (ii) el Mecanismo de Seguimiento para Venezuela (MESEVE); (iii) la oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos y; (iv) la Relatoría Especial de Naciones Unidas para la Protección de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos.