Anyela Boada: Del derecho a la educación

Anyela Boada: Del derecho a la educación

La Declaración Universal De Derechos Humanos proclama que la educación es un derecho humano fundamental para todo el mundo.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, comprende a la educación como un Derecho Humano. El artículo 102 establece que “La educación es un Derecho Humano y es un deber social fundamental es democrática gratuita y obligatoria…”

Es muy importante además señalar también el artículo 103 de la misma Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que dispone “Toda persona tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades…”





De lo anterior se puede expresar que la educación venezolana en los actuales momentos es discriminatoria ya que son muchos los estudiantes que han desertado por razones económicas y en muchos casos marginados por no contar con herramientas para acceder a su educación a distancia, no cuentan con un computador, mucho menos al internet.

Ahora bien en concordancia con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de Educación vigente (2009), en el Artículo 14 establece “La Educación es un Derecho Humano y un deber social fundamental concebida como un proceso de formación integral, gratuita, laica, inclusiva y de calidad permanente continúa e interactiva…”

Y no se puede dejar en el olvido la Ley Orgánica para el Niño, Niña y el Adolescente que dicta en su Artículo 53 “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho a la educación gratuita y obligatoria…” pero también debemos destacar que en su parágrafo primero dictamina “El Estado debe crear y sostener escuelas, planteles e institutos oficiales de educación, de carácter gratuito, que cuenten con los espacios físicos, instalaciones y recursos pedagógicos para brindar una educación de la más alta calidad. En consecuencia deben garantizar un presupuesto suficiente para tal fin.

¿Por qué hacer cada uno de los anteriores señalamientos jurídicos? pues es justo y necesario hacerlo y las veces que así se amerite, ya que son los instrumentos legales con las que se cuentan para refutarles a cada una de las autoridades, directivos y supervisores inquisidores, que pretenden asumirles dichas responsabilidades a los profesores, o peor aún lanzar persecuciones y acosos, como si los mismos fueran los que atentan en contra de dicho derecho.

Se llenan boca acusando a los Docentes de ser los violadores del Derecho a la Educación, por el simple hecho de revelarse y protestar por un sueldo digno, por una condición social justa, pero que además por exigir condiciones mínimas de bioseguridad para resguardar la salud a causa del COVID-19 de toda la comunidad educativa, por una adecuada alimentación balanceada para los estudiantes, por infraestructuras que cuenten con el óptimo mantenimiento y por último y no menos importante, todo lo contrario con el acceso a herramientas de índole digital y tecnológico para poder cumplir con la modalidad distancia. De todo lo expresado anteriormente, la gran pregunta para los inquisidores educativos ¿quiénes son los que están violando el derecho a la educación?

Cabe destacar que hasta ellos son víctimas pero deben cumplir órdenes y de los beneficios que se logran conquistar ellos también gozarán. Señores inquisidores educativos, los educadores no son los violadores del derecho a la educación todo lo contrario, son quienes están luchando por una educación de calidad para el futuro de Venezuela al que muchos están negados a materializar.

Recuerden con hambre no se enseña, con hambre no se aprende y finalmente y aunque algunos les disguste, solo con un cambio real se logrará.