Biden ordenó que pasajeros que viajen a EEUU deberán cumplir cuarentena a su llegada

Biden ordenó que pasajeros que viajen a EEUU deberán cumplir cuarentena a su llegada

El presidente de los Estados Unidos, Joe Biden. Foto: REUTERS/Jonathan Ernst

 

El presidente de los Estados Unidos, Joe Biden, presentó este jueves su estrategia para enfrentar el COVID-19. En un acto en la Casa Blanca, el mandatario cuestionó duramente el abordaje de su predecesor, Donald Trump, y firmó una serie de decretos para poner en marcha las claves de su plan. Entre ellos se cuentan la necesidad de que aquellos que lleguen al país presenten tests negativos y hagan cuarentena; la orden de montar centros de vacunación a lo largo de todo el territorio -para acelerar la inoculación y llegar al objetivo de administrar 100 millones de dosis en sus primeros 100 días- y el requerimiento de usar mascarillas en jurisdicciones federales.

Por: Infobae





La exigencia de una prueba previa al abordaje de la nave ya había sido ordenada por el gobierno anterior, pero el aislamiento era sólo una recomendación.

Biden volvió a enfatizar el impacto actual de la pandemia en el país y respaldó su crítica al gobierno anterior con cifras: “No podíamos contar con que el gobierno federal actuara con la velocidad necesaria y vemos las consecuencias de esas fallas: tenemos el 4 por ciento de la población mundial pero el 25 por ciento de los casos confirmados y el 20 por ciento de las muertes”, fustigó.

Y agregó: “Los hospitales se están quedando sin camas, hay comercios que cerraron para siempre. La distribución de la vacuna ha sido terrible hasta ahora”. Según las últimas cifras de los Centros para el Control de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés), actualizadas por última vez el miércoles por la mañana, de las casi 36 millones de dosis que han sido distribuídas en el país, se han aplicado poco más de 16,5 millones. Es decir, aproximadamente el 45 por ciento del total.

Dado el escenario actual, Biden advirtió que la situación “va a empeorar antes de mejorar”, al punto que “la cifra de muertes probablemente llegue al medio millón el próximo mes”. No obstante, dijo, “saldremos de esto juntos”. “La ayuda está en camino”, expresó.

 

Biden firma una serie de decretos para afrontar la pandemia de COVID-19. Foto: REUTERS/Jonathan Ernst

 

La estrategia está plasmada en un documento titulado “Estrategia nacional para la respuesta al COVID-19 y preparación para pandemias”. Ella está dividida en siete puntos principales: Recuperar la confianza del pueblo estadounidense; montar una campaña de vacunación segura, efectiva y exhaustiva; mitigar el avance de la pandemia a través de la expansión del uso de mascarillas, testeos, tratamientos, información, personal de trabajo y estándares de salud pública claros; expansión inmediata de fondos de alivio de emergencia y ejercicio del Acta de Defensa de Producción; garantizar la seguridad de la reapertura de escuelas, comercios y viajes; proteger a aquellos grupos de riesgo; restaurar el liderazgo global de los Estados Unidos.

 

A continuación, comunicado en castellano

 

PROMOVER LA SEGURIDAD DE COVID-19 EN LOS VIAJES NACIONALES E INTERNACIONALES

Por la autoridad que me confieren como Presidente la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, se ordena lo siguiente:

Primero 1. Política. Las medidas de salud pública basadas en la ciencia son fundamentales para prevenir la propagación de la enfermedad del coronavirus 2019 (COVID-19) entre los viajeros dentro de los Estados Unidos y aquellos que ingresan al país desde el extranjero. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), el Cirujano General y los Institutos Nacionales de Salud han llegado a la conclusión de que el uso de mascarillas, el distanciamiento físico, la ventilación adecuada y las pruebas oportunas pueden mitigar el riesgo de que los viajeros propaguen el COVID-19. En consecuencia, para salvar vidas y permitir que todos los estadounidenses, incluidos los millones de personas empleadas en la industria del transporte, viajen y trabajen de manera segura, es política de mi Administración implementar estas medidas de salud pública de conformidad con las pautas de los CDC sobre modos de transporte público y en los puertos de entrada a los Estados Unidos.

Segundo. 2. Acción inmediata para exigir el uso de mascarillas en ciertos modos de transporte domésticos.
de conformidad con la ley aplicable, exigir el uso de máscaras de conformidad con las pautas de los CDC en o sobre:
(i) aeropuertos;
(ii) aviones comerciales;
(iii) trenes;
(iv) embarcaciones marítimas públicas, incluidos transbordadores;
(v) servicios de autobuses interurbanos; y
(vi) todas las formas de transporte público como se define en la sección 5302 del título 49, Código de los Estados Unidos.

(b) Consulta. Al implementar esta sección, los jefes de agencias deberán consultar, según corresponda, con las partes interesadas, incluidos los funcionarios estatales, locales, tribales y territoriales; representantes de la industria y sindicatos del sector del transporte; y representantes de los consumidores.

c) Excepciones. Los jefes de las agencias pueden hacer excepciones categóricas o caso por caso a las políticas desarrolladas bajo esta sección, de conformidad con la ley aplicable, en la medida en que hacerlo sea necesario o requerido por la ley. Si los jefes de agencias hacen excepciones, requerirán salvaguardas alternativas y apropiadas, y documentarán todas las excepciones por escrito.

(d) Preferencia. En la medida en que lo permita la ley aplicable, los jefes de las agencias se asegurarán de que cualquier acción tomada para implementar esta sección no prevalezca sobre las leyes o reglas estatales, locales, tribales y territoriales que imponen medidas de salud pública que protegen la salud pública más que las requeridas. por los jefes de agencias.

(e) Coordinación. El Coordinador de Respuesta COVID-19 y el Consejero del Presidente (Coordinador de Respuesta COVID-19) coordinará la implementación de esta sección. Los jefes de las agencias deberán actualizar al Coordinador de Respuesta COVID-19 sobre su progreso en la implementación de esta sección, incluidas las excepciones categóricas establecidas en el inciso (c) de esta sección, dentro de los 7 días de la fecha de esta orden y periódicamente a partir de entonces. Se alienta a los jefes de las agencias a señalar a la atención del Coordinador de Respuesta COVID-19 cualquier pregunta relacionada con el alcance o la implementación de esta sección.

Tercero. 3. Acción para implementar medidas adicionales de salud pública para viajes nacionales.

(a) Recomendaciones. El Secretario de Transporte (incluso a través del Administrador de la FAA) y el Secretario de Seguridad Nacional (incluso a través del Administrador de la TSA y el Comandante de la Guardia Costera), en consulta con el Director de los CDC, proporcionarán sin demora al COVID -19 Recomendaciones del Coordinador de Respuesta sobre cómo sus respectivas agencias pueden imponer medidas adicionales de salud pública para los viajes nacionales.

(b) Consulta. Al implementar esta sección, el Secretario de Transporte y el Secretario de Seguridad Nacional se relacionarán con las partes interesadas, incluidos los funcionarios estatales, locales, tribales y territoriales; representantes de la industria y sindicatos del sector del transporte; y representantes de los consumidores.

Cuarto. 4. Apoyo a las Autoridades Estatales, Locales, Tribales y Territoriales. El Coordinador de Respuesta COVID-19, en coordinación con el Secretario de Transporte y los jefes de cualquier otra agencia relevante, identificará e informará rápidamente a las agencias sobre las opciones para incentivar, apoyar y alentar el uso generalizado de máscaras y el distanciamiento físico en los modos de transporte público. , de acuerdo con las pautas de los CDC y la ley aplicable.

Quinto. 5. Viajes internacionales.
Es política de mi Administración que, en la medida de lo posible, los viajeros que deseen ingresar a los Estados Unidos desde un país extranjero deberán:

(i) presentar una prueba de una prueba COVID-19 negativa reciente antes de ingresar; y
(ii) debe cumplir con otras pautas de los CDC aplicables con respecto a los viajes internacionales, incluidos los períodos recomendados de auto cuarentena o autoaislamiento después de la entrada a los Estados Unidos.

(b) Viajes aéreos.
(i) El Secretario de HHS, incluso a través del Director de los CDC, y en coordinación con el Secretario de Transporte (incluso a través del Administrador de la FAA) y el Secretario de Seguridad Nacional (incluso a través del Administrador de la TSA), deberá, dentro de los 14 días posteriores a la fecha de esta orden, evaluar la orden de los CDC del 12 de enero de 2021, con respecto al requisito de un resultado negativo de la prueba COVID-19 para los pasajeros de aerolíneas que viajan a los Estados Unidos, a la luz de la subsección (a) de esta sección. . Con base en dicha evaluación, el Secretario de HHS y el Secretario de Seguridad Nacional tomarán cualquier acción regulatoria apropiada adicional, en la medida de lo posible y consistente con las pautas de los CDC y la ley aplicable. Dicha evaluación y acción reguladora deberá incluir la consideración de:

(A) el momento y los tipos de pruebas de COVID-19 que deben satisfacer el requisito de prueba negativa, incluida la consideración de pruebas adicionales inmediatamente antes de la salida;
(B) la prueba de los resultados de las pruebas que los viajeros deben presentar;
(C) la viabilidad de implementar medidas de salud pública alternativas y suficientemente protectoras, como pruebas, autocuarentena y autoaislamiento a la llegada, para los viajeros que ingresan a los Estados Unidos desde países donde las pruebas de COVID-19 son inaccesibles, particularmente donde tal inaccesibilidad de las pruebas afectaría la capacidad de los ciudadanos de los Estados Unidos y los residentes permanentes legales para regresar a los Estados Unidos; y
(D) medidas para prevenir el fraude.

(ii) El Secretario de HHS, en coordinación con el Secretario de Transporte (incluso a través del Administrador de la FAA) y el Secretario de Seguridad Nacional (incluso a través del Administrador de la TSA), proporcionará sin demora al Presidente, a través del COVID -19 Coordinador de respuesta, un plan sobre cómo el Secretario y otros actores del gobierno federal podrían implementar la política establecida en la subsección (a) de esta sección con respecto a los períodos de autocuarentena o autoaislamiento recomendados por los CDC después de un vuelo a los Estados Unidos. Estados de un país extranjero, según lo considere apropiado y de conformidad con la ley aplicable. El plan identificará las herramientas y los mecanismos de las agencias para ayudar a los viajeros a cumplir con dicha política.
(iii) El Secretario de Estado, en consulta con el Secretario del HHS (incluso a través del Director de los CDC), el Secretario de Transporte (incluso a través del Administrador de la FAA) y el Secretario de Seguridad Nacional, buscará consultar con gobiernos extranjeros, la Organización Mundial de la Salud, la Organización de Aviación Civil Internacional, la Asociación de Transporte Aéreo Internacional y cualquier otra parte interesada relevante para establecer pautas para las medidas de salud pública asociadas con viajes internacionales seguros, incluso en aviones y puertos de entrada. Cualquiera de estas pautas debe abordar la cuarentena, las pruebas, la vacunación COVID-19, las pruebas de seguimiento y el control de los síntomas, los requisitos de filtración del aire, las normas de descontaminación ambiental y el rastreo de contactos.

(c) Viajes terrestres. El Secretario de Estado, en consulta con el Secretario del HHS, el Secretario de Transporte, el Secretario de Seguridad Nacional y el Director de los CDC, iniciará inmediatamente un acercamiento diplomático a los gobiernos de Canadá y México con respecto a los protocolos de salud pública para los puertos terrestres de entrada. Con base en este compromiso diplomático, dentro de los 14 días posteriores a la fecha de esta orden, el Secretario del HHS (incluso a través del Director de los CDC), el Secretario de Transporte y el Secretario de Seguridad Nacional presentarán al Presidente un plan para implementar medidas de salud pública en los puertos de entrada terrestres. El plan debe implementar las pautas de los CDC, de acuerdo con la ley aplicable, y tomar en cuenta las consideraciones operativas relevantes para las diferentes poblaciones que ingresan a los Estados Unidos por tierra.

(d) Viajes por mar. El Secretario de Seguridad Nacional, a través del Comandante de la Guardia Costera y en consulta con el Secretario del HHS y el Director de los CDC, deberá, dentro de los 14 días posteriores a la fecha de esta orden, presentar al Presidente un plan para implementar la salud pública apropiada. medidas en los puertos marítimos. El plan debe implementar las pautas de los CDC, de conformidad con la ley aplicable y tener en cuenta las consideraciones operativas.

(e) Certificados internacionales de vacunación o profilaxis. De acuerdo con la ley aplicable, el Secretario de Estado, el Secretario del HHS y el Secretario de Seguridad Nacional (incluso a través del Administrador de la TSA), en coordinación con cualquier organización internacional relevante, evaluarán la viabilidad de vincular la vacunación COVID-19 con Certificados internacionales de vacunación o profilaxis (ICVP) y producción de versiones electrónicas de ICVP.

(f) Coordinación. El Coordinador de Respuesta COVID-19, en consulta con el Asistente del Presidente para Asuntos de Seguridad Nacional y el Asistente del Presidente para Política Nacional, coordinará la implementación de esta sección. El Secretario de Estado, el Secretario de HHS, el Secretario de Transporte y el Secretario de Seguridad Nacional actualizarán al Coordinador de Respuesta COVID-19 sobre su progreso en la implementación de esta sección dentro de los 7 días posteriores a la fecha de esta orden y regularmente a partir de entonces. Se alienta a los jefes de todas las agencias a señalar a la atención del Coordinador de Respuesta COVID-19 cualquier pregunta relacionada con el alcance o la implementación de esta sección.
Segundo. 6. Disposiciones generales. (a) Nada en esta orden se interpretará en el sentido de menoscabar o afectar de otra manera:
(i) la autoridad otorgada por ley a un departamento o agencia ejecutiva, o al jefe de la misma; o
(ii) las funciones del Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto relacionadas con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas.

(b) Esta orden se implementará de conformidad con la ley aplicable y sujeta a la disponibilidad de asignaciones.

(c) Esta orden no tiene la intención de crear, ni crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por ley o en equidad por ninguna parte contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados. , agentes o cualquier otra persona.

JOSEPH R. BIDEN JR.

LA CASA BLANCA,
21 de enero de 2021.