La lapidaria carta de un reconocido abogado al régimen de Maduro: “Le impiden a los venezolanos tener acceso a las garantías constitucionales”

La lapidaria carta de un reconocido abogado al régimen de Maduro: “Le impiden a los venezolanos tener acceso a las garantías constitucionales”

Abogado penalista de juridiccción ordinaria y militar, Natalio Valery Vásquez

 

A través de una lapidaria misiva, el reconocido abogado penalista, Natalio Valery Vásquez, le expresó a Jorge Jesús Rodríguez Gómez, ante la modificación de varias leyes: “Sí usted quiere ver la realidad, vaya a las estadísticas de los casos resueltos por Jueces, Fiscales del Ministerio Público y Defensores Públicos: Todos son acuerdos y admisión de los hechos, para complacer a la Ministra María Iris Varela Rangel, quien torció el derecho para convertir la República Bolivariana de Venezuela, en un Estado sin Ley”.

Por Sebastiana Bárraez / infobae.com





Natalio Valery se dirigió al presidente de la Asamblea Nacional, según expresa, “en virtud de sus reiteradas apariciones por las redes sociales, donde usted se promueve anunciando importantes decisiones sobre el Código Orgánico Procesal Penal (COPP)”.

Y subrayó lo que la Asamblea Nacional chavista resalta como las importantes reformas:

1) Se aprueba reforma parcial del COPP, en la cual se profundizan las garantías procesales y la protección de los DDHH de los justiciables. 2) Se regula la apelación con efecto suspensivo, solo se podrá ejercer en la audiencia preliminar y únicamente sobre delitos graves. 3) No podrá ejercerse contra la sentencia absolutoria en juicio que otorgue la libertad del acusado. 4) Proporcionalidad de las medidas de coerción personal (art 230). 5) La medida de privación de libertad no podrá exceder los dos años; se podrá conceder una única prórroga por el lapso de un año. 6) Bajo esta premisa ninguna persona debería estar más de 3 años privado sin ser penado. 7) Se reducen los lapsos para la investigación y los lapsos entre diferimiento de las audiencias. Ejemplo: suspendida la audiencia preliminar deberá fijarse en los próximos 5 días. 8) Deben establecerse en las sedes de los tribunales penales oficinas del Ministerio de Asuntos Penitenciarios; de esta forma se agilizarán los trámites de ingreso y egreso de privados de libertad (Ejecución de boletas de excarcelación).

“Antes de dar mi explicación, le digo que no hay necesidad alguna de reformar el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), porque ya la abogada María Iris Varela Rangel, como Ministra Penitenciaria, había impuesto su voluntad sobre los Jueces Penales de Venezuela, creando un desorden procesal, originando la ausencia de Estado de Derecho”.

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“En consecuencia, los abogados privados fueron excluidos, y los jueces penales, fiscales del Ministerio Público y defensores públicos pasaron solamente a ocupar unos cargos, sin posibilidad de aplicar sus conocimientos, al calor del debate judicial de las partes, como debe ser cuando hay Estado de Derecho”.

Los cómplices

“Los que por vocación nos graduamos de abogados, lo hicimos para ejercer nuestras profesiones y ganar o perder con dignidad en el debate judicial”, destaca Valery Vásquez quien es abogado en ejercicio, en la jurisdicción ordinaria y militar, y fue en el pasado Juez Quinto de Instrucción del Distrito Federal y estado Miranda, Inspector de Tribunales, Asesor Jurídico del Grupo 4 de la Casa Militar, asesor jurídico de la presidencia de la Cámara Municipal del Distrito Capital en Caracas. Ha recibido múltiples reconocimientos de instituciones civiles y militares.

Es autor de varias publicaciones: El Recurso de Casación Penal Venezolano, Código de Enjuiciamiento Criminal comentado y concordado, la Ley Bajo Fianza de Cárcel Segura, Tú defensa frente al delincuente y tus Derechos ante las Autoridades, Defensas Penales, entre otras.

Dice el jurista Valery Vásquez que “desde el Ministerio de Asuntos Penitenciarios, se ordenaba la libertad de procesados, pasando por encima de la majestad de los jueces y fiscales del Ministerio Público, mientras hacían cómplices a los defensores públicos de esas aberraciones jurídicas”.

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A su juicio “el problema no es el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), el problema es ustedes cómo gobierno, que le impiden a los venezolanos tener acceso a las garantías constitucionales, las contenidas en el COPP, otras leyes y tratados y convenios internacionales suscritos con Venezuela”.

Es enfático al decirle a Rodríguez Gomez “ustedes no pueden establecer, en las sedes de los tribunales penales, oficinas del Ministerio de Asuntos Penitenciarios, porque están irrespetando la majestuosidad de nuestros jueces”.

“Si realmente tienen intenciones de remendar el capote, en las decisiones de la Justicia Penal en la República Bolivariana de Venezuela, no tiene que interferir el Ministerio de Asuntos Penitenciarios, y la mejor forma de que pueda empezar a aflorar el Estado de Derecho, es que se respete la decisión del reo o imputado de nombrar o elegir a su abogado defensor sea privado o no”.

Resalta que el abogado tiene el derecho de cumplir sus funciones sin obstáculos en los organismos policiales, o políticos como la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN), Fuerzas de Acciones Especiales (FAES), dónde se encuentre recluido”, finaliza la comunicación del doctor Natalio Valery Vásquez.

Órdenes de Varela

Cuando en abril del año pasado, y con la excusa de controlar la expansión del Covid-19, la entonces Ministra para el Servicio Penitenciario, abogada María Iris Varela Rangel, liberó a 382 presos del Centro Penitenciario de Tocuyito, estado Carabobo, lo hizo basándose en el Régimen de Confianza Tutelado, establecido en el Código Orgánico Penitenciario. Lo hizo frente a funcionarios del Poder Judicial, Defensa Pública y Ministerio Penitenciario.

Lo que entonces impuso Varela Rangel, quien es la actual Vicepresidente de la Asamblea Nacional oficialista, fue pasar por encima de la Constitución, como lo ha hecho desde que Hugo Chávez la colocó al frente del entonces recién creado Ministerio Penitenciario.

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Varela liberó a esos 382 presos, asumiendo las funciones de juez, fiscal y defensor. El diario Últimas Noticias, uno de los medios de propaganda del régimen venezolano, publicó que ‘Varela se sentó en la oficina del director y comenzó a revisar cada uno de los expedientes correspondientes a los reos beneficiados. Pasado el mediodía, paró 15 minutos para almorzar una ensalada de atún con galleta dietética. Ya entrada las 3: 30 pm, salió al patio central donde estaban los presos beneficiados. A cada uno fue llamando por su nombre y apellido para entregarle un acta que debían firmar. A las 9pm, salió del centro penitenciario y en las afueras fue aplaudida por familiares de presos que plenaron la avenida’.

No era un hecho inédito, unas semanas antes, ya había otorgado boletas de excarcelación a 122 de los presos recluidos en los Internados Judiciales Rodeo II y Rodeo III, Guatire, estado Miranda.

La excusa del Régimen de Confianza Tutelado es favorecer a los presos con sentencia por delitos de menor gravedad, que han cumplido el tiempo de condena suficiente para optar a medidas alternativas al cumplimiento de la pena, pero que no hayan sido otorgadas por los tribunales correspondientes; los procesados que reciben ese beneficio son aquellos cuyos delitos tienen penas que no exceden los ocho años de condena.

Iris Varela, quien sigue manejando por debajo de cuerda el Ministerio Penitenciario, primero inventó el Plan Cayapa, con el que dejó en libertad a gran cantidad de personas, algunas con delitos graves. El año pasado liberó presos con la excusa del COVID y a cambio se ha ganado la lealtad de muchos de los ex presidiarios y sus familiares.