España prohibirá la publicidad dirigida a niños de chocolates, dulces, postres, galletas, jugos y helados

España prohibirá la publicidad dirigida a niños de chocolates, dulces, postres, galletas, jugos y helados

Un niño come un trozo de pizza en su domicilio de Madrid.
JESÚS HELLÍN (EUROPA PRESS)

 

 

 





El Ministerio de Consumo prohibirá la publicidad de alimentos y bebidas insanos (entre los que incluye chocolates, dulces, galletas, postres, zumos y helados, entre otros) dirigida a niños y adolescentes en televisión, radio, redes sociales, webs, aplicaciones, cine y periódicos.

MIGUEL ÁNGEL MEDINA & GONZALO MONCLOA ALLISON  // EL PAÍS

El departamento regulará los productos que se pueden anunciar en horario infantil a través de los perfiles nutricionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que son muy restrictivos. Garzón asume así que el Código Paos, con el que el sector alimentario se autorregula desde 2005, ha demostrado ser “insuficiente”, por lo que apuesta por redactar un decreto para reducir las “alarmantes” tasas de obesidad infantil. “Es un problema grave de salud pública”, ha señalado.

El ministro, que ha estado este jueves en Barcelona junto a la alcaldesa, Ada Colau, ha explicado que finalmente la regulación no se realizará a través de Nutri-Score, el semáforo nutricional voluntario que quiere aplicar en España y que ha protagonizado varias polémicas por las buenas notas que otorga a algunos ultraprocesados y por la mala nota de alimentos como el aceite de oliva. En su lugar, el departamento apuesta por los perfiles nutricionales establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), que son mucho más restrictivos.

La norma, prevista para el año que viene, afectará a cinco categorías de productos que no podrán hacer publicidad a menores independientemente del contenido de nutrientes. La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería. Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los zumos, las bebidas energéticas y los helados.

Para el resto de categorías de productos, se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos cada producto. El ministerio recuerda que este marco regulatorio es similar a la de países como Reino Unido, Portugal o Noruega. “Los menores son personas consumidoras vulnerables y tenemos la obligación de protegerles frente a la publicidad”, ha señalado el ministro.

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