¿Sabes si es legal o no el recargo por pagos en puntos de venta?

¿Sabes si es legal o no el recargo por pagos en puntos de venta?

puntos de venta

Especialistas en leyes señalan que es ilegal cobrar cualquier tipo recargo por pagar mediante puntos de venta.

Por Diario 2001





Las comisiones debe asumirlas el comercio. Las sanciones están previstas en la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV) y la Ley de Precios Justos.

El abogado y experto tributario Manuel Olivieri señaló que el recargo que hacen los comercios al precio del producto si el cliente paga con débito o tarjeta de crédito es ilegal.

“Esto es porque son gastos propios del negocio y está establecido en la Ley Orgánica de Precios Justos», dijo.

Precisó que esas comisiones bancarias las debe asumir el comercio y las puede trasladar al consumidor a través de su estructura de costos como gasto de alquiler,

“Pero decirle a un cliente que al pagar por débito debe cancelar cinco bolívares más porque el punto es alquilado y le cobra el banco, es totalmente ilegal”, aseveró.

Estas son las comisiones legales que debe pagar

En Gaceta Oficial N° 42.367 del 02 de mayo de 2022, el BCV informó a los bancos y Proveedores no bancarios de Terminales de Punto de Venta, los límites máximos de comisiones, tarifas y recargos que podrán cobrar por las operaciones, (débito).

La cifra queda sujeta a un máximo de 2% del monto pagado por el ordenante con una comisión mínima de Bs 0,05.

Olivieri destacó que la Ley de Tarjetas de Crédito, débito y pago electrónico, en su capítulo III, artículo 25 establece que el negocio tiene prohibido hacer recargos por el uso de tarjeta de crédito y débito.

Igualmente, no podrá fijar mínimos de compra, así como también se prohíbe la exclusión de ofertas.

Si abusa puede ser severamente sancionado

Las sanciones que se derivan por las infracciones anteriormente expuestas están establecidas en Ley del BCV, Ley Orgánica de Precios Justos y Ley del Sistema Financiero.

“El artículo 56 de la Ley Orgánica de Precios Justos establece que quienes condicionen la venta de bienes o servicios regulados por la Sundde, serán sancionados con prisión de tres a seis años, multas de 500 a 10.000 Unidades Tributarias.

La reincidencia será sancionada con ocupación temporal del inmueble por 90 días”, dijo.

La abogada Vestalia Tovar indicó que el único cobro legal es el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) de 3 %.

Con respecto al cobro que hacen los comerciantes, ante la excusa de que el punto de venta es alquilado y por ello el banco les cobra comisión, indicó:

“Es ilegal porque no estamos en materia de contratos en los que hay un acuerdo entre partes, es usura y la gente debe denunciarlo en la Sundde”, sentenció.