El Esequibo: La geografía de una reclamación histórica

El Esequibo: La geografía de una reclamación histórica

El Esequibo: La geografía de una reclamación histórica

Para entender el proceso que ha ocurrido en el territorio Esequibo y la controversia que viene con él, se debe realizar un estudio histórico que se remonta a la época de la colonia y los primeros límites realizados en el país, así lo reseñó VENEZUELA 360.

Para esto debemos considerar la formación territorial que se fue creando durante 260 años de ocupación por parte de la corona española, donde a partir de diferentes capitulaciones fue otorgando a distintos conquistadores o adelantados, entre los años 1525 y 1786 y formó las Provincias de Margarita, Venezuela (o Caracas) , Nueva Andalucía (o Cumaná), Maracaibo, Barinas y Guayana. La organización territorial en América llevó a la creación de Virreinatos que se conformaron por agrupación de Provincias; creación de Reales Audiencias para administrar justicia o también la creación de Capitanías Generales para aspectos militares y administrativos como fue el caso de la Capitanía General de Venezuela.

La provincia de Guayana fue creada por la Real Cédula con fecha de 18 de noviembre de 1568, en la cual se ordenó a la Audiencia de Santa Fe otorgar capitulación a Gonzalo Jiménez de Quesada para poblar los llanos y territorio al oriente de el Nuevo Reino de Granada, desde el río Orinoco hasta el Amazonas, orden que ejecutó Antonio Berrío, quien heredó la gobernación de Guayana a partir de 1.582. Esta provincia quedó inicialmente bajo la jurisdicción del Virreinato de Nueva España y de la Audiencia de Santa Fe; en 1766 la provincia pasó a formar parte de la Audiencia de Santo Domingo; en 1768 se agregó a la provincia la Comandancia General del Orinoco y Río Negro. Finalmente, en 1777 la provincia se sometió en lo militar y administrativo a la Capitanía General de Venezuela y en 1786 se sometió en lo judicial a la Real Audiencia de Caracas.





En 1648 como parte de la Paz de Westfalia se firma un tratado de Paz entre los Países Bajos y el reino de España (Tratado de Münster), en el cual España reconoce la existencia de Colonos de naturaleza comercial al este del río Esequibo.

En 1814 a través del Tratado de Londres, Holanda cede a Gran Bretaña los asentamientos de Berbice, Demerara y Esequibo, cuyos límites eran: al norte el océano Atlántico, al sur Brasil, al este el río Corentine y al oeste el río Esequibo, es decir, estas colonias se encontraban en su totalidad al este del río Esequibo.

El 5 de Julio de 1810 se declara la independencia de Venezuela. En esta declaración se encontraban los representantes de las provincias de Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Barcelona, Mérida y Trujillo. No participaron los representantes de las provincias de Maracaibo y Guayana, por lo que al sancionar la Constitución Federal de las Provincias Unidas de Venezuela el 21 de diciembre de 1811, en su artículo 128 declaran que, una vez libres de la opresión serán admitidas siempre y cuando puedan y quieran unirse a la confederación, por lo que una vez liberada la provincia de Guayana, quedó bajo la protección de la República.

El 11 de agosto de 1819 se sanciona en Angostura la Constitución Política de Venezuela, en cuyo artículo 2 se dispone que Guayana será una de las diez provincias del territorio de la República. Luego, el 17 de diciembre de 1819 el congreso de Angostura sancionó la Ley Fundamental de la República de Colombia, que disponía en su artículo 2 que el territorio de la nueva República de Colombia comprendía la antigua Capitanía General de Venezuela y el Virreinato del Nuevo Reino de Granada. Posteriormente, el 30 de agosto de 1821 en la Constitución de La Gran Colombia el territorio se volvió a definir como “…el mismo que comprendían el antiguo Virreinato de la Nueva Granada y Capitanía General de Venezuela”. Con esto se siguió un principio del derecho internacional público americano conocido como Uti Possidetis Juris, que consiste en el dominio que ejerce un Estado sobre los territorios que geográfica e históricamente le pertenecen en virtud de los títulos obtenidos.

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