Tras un mes del referendo, Venezuela sigue sin estado 24 y sin ley que regule su creación - LaPatilla.com

Tras un mes del referendo, Venezuela sigue sin estado 24 y sin ley que regule su creación

La Asamblea Nacional (AN) de 2020 parece ya no estar apurada por sancionar el proyecto de Ley Sobre el Territorio Esequibo. El Parlamento de mayoría chavista postergó la segunda discusión de la norma con el alegato de que se escucharán propuestas de otros sectores para fortalecer el instrumento.

Por Roison Figuera / talcualdigital.com





El diputado oficialista Diosdado Cabello fue quien pidió el diferimiento de la ley, sin precisar por qué vías el Parlamento ha recibido las mencionadas propuestas o si se trata de nuevas jornadas de consulta popular.

El proyecto de ley fue discutido por primera vez el 6 de diciembre de 2023, tres días después del referendo en el que, entre otras cosas, se consultó a la ciudadanía si estaba de acuerdo por la creación del estado Guayana Esequiba.

En diciembre, en medio de la campaña del referendo, el presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez, prometió la discusión de la ley inmediatamente finalizara la consulta. También prometió que «el 4 de diciembre» Delta Amacuro ya no limitaría con la zona en reclamación, sino con el estado Guayana Esequiba.

Un mes y dos semanas después del referendo aún no existe oficialmente un estado 24 y tampoco una norma en la que se esbocen los primeros pasos de su conformación. La ciudadanía tiene un borrador extraoficial porque el Parlamento de mayoría chavista no ha compartido con la colectividad de qué va el documento.

Qué contempla el proyecto de ley

El proyecto de Ley Orgánica está compuesto de 22 artículos distribuidos en cuatro capítulos y que contemplan los siguientes puntos:

Capítulo I: está destinado a regular las disposiciones fundamentales. En él se destaca la declaratoria del «carácter írrito» del Laudo Arbitral de 1899, así como la ratificación de la posición histórica de Venezuela sobre la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia (CIJ).

Capítulo II: aborda lo relacionado con la creación del estado Guayana Esequiba, incluyendo la regulación del ejercicio del Poder Público de esa entidad político territorial.

Capítulo III: expone acciones específicas para la protección del territorio de la Guayana Esequiba. Entre esas medidas resaltan la regulación del uso del mapa político de Venezuela y la declaratoria de documento histórico de la nación y recurso fundamental de interés superior para el Estado de toda la información que guarde relación, directa o indirecta, con el territorio del Esequibo.

Capítulo IV: contiene cuatro disposiciones transitorias que establecen un régimen temporal de ejercicio del Poder Público hasta tanto se alcance una solución práctica y mutuamente aceptable con Guyana en torno a la controversia territorial y puedan realizarse procesos electorales en el territorio de la Guayana Esequiba.

Sobre el estado Guayana Esequiba

La ley sobre el Esequibo ha sido gestada por el oficialismo, en medio de las tensiones en las relaciones entre Guyana y Venezuela que se profundizaron luego de que en septiembre el gobierno de Guyana licitara bloques petroleros en aguas disputadas. El borrador fue entregado por Nicolás Maduro el 5 de diciembre, dos días después del referendo.

Maduro dijo en ese momento que se trataba de una ley orgánica para «regular» la creación del estado Guayana Esequiba y que sería «para todas las generaciones». El texto fue entregado a Jorge Rodríguez durante una reunión ministerial, quien se comprometió a someterla con celeridad a debate en el Legislativo.

El proyecto establece, en su artículo 8, que todos los venezolanos y venezolanas «tienen el deber de resguardar, proteger y reivindicar la soberanía» del país sobre el territorio de la Guayana Esequiba, así como la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la nación.

El artículo se alinea con los llamamientos que ha hecho el Gobierno a la ciudadanía a mantenerse alerta para evitar cualquier pretensión de corporaciones o países como Guyana o Estados Unidos de apropiarse de recursos nacionales.

Los aspectos concretos sobre la creación del estado 24 están previstos en el artículo 9 y 10 del proyecto, en los que se define la nueva entidad y se fijan sus límites: el estado Guayana Esequiba tendrá la superficie del actual territorio de la Guayana Esequiba, comprendida dentro de los siguientes límites: Norte: Océano Atlántico, Sur: Brasil, Este: Río Esequibo y por el Oeste: Estados Delta Amacuro y Bolívar.

Entre los artículos 11 y 16 se indican la conformación de las autoridades (gobernaciones, alcaldías y concejos municipales), así como establecimiento de las instituciones de la administración pública.

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