Citgo desmiente negociaciones con extrabajadores de Pdvsa en medio de procedimiento legal

Citgo desmiente negociaciones con extrabajadores de Pdvsa en medio de procedimiento legal

La refinería Citgo Petroleum de la unidad estadounidense de PDVSA se muestra en Sulphur, Louisiana, EE. UU., 12 de junio de 2018. REUTERS/Jonathan Bachman

 

 

 





Citgo rechazó estar involucrada en presuntas negociaciones con demandantes en procedimientos legales presentados por extrabajadores de PDVSA divulgadas por medios venezolanos.

lapatilla.com

Si bien reconoció haber comparecido en la acción legal Freites vs. Venezuela en Delaware, la empresa negó haber participado en conversaciones para alcanzar acuerdos con los demandantes, que reclaman a PDVSA.

La refinadora aclaró en un comunicado que el caso se encuentra en etapas iniciales y que la justicia no se ha pronunciado sobre la validez de la demanda colectiva ni sobre el fondo de los reclamos de los extrabajadores petróleos.

Los señalamientos transmitidos en medios locales, según CITGO, resultaron ser falsos.

La compañía se desligó de las supuestas negociaciones divulgadas, dejando claro que solo compareció en el litigio, pero no estuvo involucrada en conversaciones para llegar a acuerdos extrajudiciales con los demandantes.

COMUNICADO COMPLETO

CITGO Petroleum Corporation (CITGO) está al tanto de las informaciones transmitidas por los medios de comunicación venezolanos que sugieren que CITGO ha participado en negociaciones para llegar a acuerdos con los demandantes en una acción colectiva presentada el año pasado ante el Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Delaware por extrabajadores de Petróleos de Venezuela S.A. (PDVSA) (Freites vs. la República Bolivariana de Venezuela). Estas informaciones son falsas.

CITGO ha comparecido en la acción, pero no ha participado en ninguna negociación o conversación para llegar a acuerdos con los demandantes o sus representantes.

El caso está en sus etapas iniciales y el tribunal no ha emitido ninguna decisión en relación con la suficiencia de la demanda, si el caso puede ser mantenido como una acción colectiva, o los méritos de las reclamaciones de los demandantes.