¿Puede un presidente de EEUU ejercer un tercer mandato? Esto dice la constitución - LaPatilla.com

¿Puede un presidente de EEUU ejercer un tercer mandato? Esto dice la constitución

(REUTERS/Kevin Mohatt)

 

Donald Trump, presidente de Estados Unidos, no descartó la posibilidad de postularse a un tercer mandato en la Casa Blanca, pese a la prohibición constitucional establecida por la Enmienda 22. En una entrevista telefónica difundida el domingo por NBC News, Trump afirmó que “no estaba bromeando” al considerar esa opción, y aseguró que existen mecanismos para hacerlo.

Por Infobae





“A mucha gente le gustaría que lo hiciera”, dijo Trump al referirse a sus aliados políticos. Añadió que aún es “muy pronto en la administración” para tomar una decisión definitiva, pero dejó abierta la puerta a una posible extensión de su mandato. “Estoy concentrado en el presente”, agregó. Cuando se le preguntó directamente si deseaba un tercer mandato, respondió: “Me gusta trabajar”. Al insistírsele sobre si hablaba en serio, reafirmó: “No estoy bromeando. Pero todavía es demasiado pronto para pensarlo”.

Durante la conversación, el medio le consultó al mandatario si ya se le habían presentado planes para permitirle competir nuevamente. Trump respondió: “Hay métodos por los que se podría hacer”. Como ejemplo, mencionó una fórmula en la que su vicepresidente, JD Vance, se postularía a la presidencia y luego le cedería el cargo. “Esa es una”, dijo Trump. “Pero hay otras también”. Rechazó especificar más opciones.

Estas declaraciones han generado un intenso debate sobre la posibilidad y las implicaciones de una extensión en el tiempo de su permanencia en la Casa Blanca.

¿Qué dice la constitución de EEUU?

La Constitución de los Estados Unidos, a través de su Vigesimosegunda Enmienda, establece que ninguna persona puede ser elegida para el cargo de presidente más de dos veces. Esta enmienda fue ratificada el 27 de febrero de 1951, formalizando la tradición previa de limitar a dos los mandatos presidenciales. El texto de la Vigesimosegunda Enmienda especifica que:

“Ninguna persona será elegida para el cargo de Presidente más de dos veces, y ninguna persona que haya ocupado el cargo de Presidente, o actuado como Presidente, por más de dos años de un mandato para el cual otra persona haya sido elegida Presidente, será elegida para el cargo de Presidente más de una vez”.

Este límite implica que un presidente puede servir un máximo de dos mandatos de cuatro años cada uno, totalizando ocho años en el cargo. Sin embargo, si un vicepresidente asume la presidencia y ejerce el cargo durante más de dos años del mandato de su predecesor, solo podrá ser elegido para un mandato adicional.

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