TSJ declara improcedente suspender sanción de inhabilitación política de Enzo Scarano

Enzo Scarano
 

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la acción de amparo cautelar interpuesta por los apoderados judiciales del ciudadano Vincencio Scarano Spisso, contra la Resolución N° 01-00-000135 dictada el 17 de febrero de 2017 por el Contralor General de la República, por medio de la cual se impuso al demandante la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el lapso de 15 años al haber sido declarada su responsabilidad administrativa en su condición de alcalde del municipio San Diego del estado Carabobo.

Nota de Prensa





Luego de declarar su competencia para conocer de la acción de nulidad y admitirla para su tramitación, la Sala observó de manera preliminar en su sentencia N° 1110/2017, con ponencia de su vicepresidente, magistrado Marco Antonio Medina Salas, que en el presente caso la inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas no puede ser considerada per se y de forma automática como una vulneración del derecho a ser elegido para el desempeño de cargos públicos, por cuanto dicha sanción es la consecuencia jurídica establecida en la Ley, la cual debe ser aplicada por el Máximo Órgano Contralor con ocasión de la eventual declaratoria de la responsabilidad administrativa y la gravedad de las irregularidades en las que incurran con su actuación los y las particulares.