Constituyente cubana aprobó Ley de Precios Acordados que serán actualizados “regularmente”

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La Constituyente cubana aprobó este martes la Ley de Precios Acordados, con la que busca, “estabilizar la economía y estimular la producción del país”.

LaPatilla.com

El vicepresidente de la instancia autoproclamada “supraconstitucional”, Aristóbulo Istúriz sostuvo que los sectores privados, público, comunales “y de los trabajadores” presentarán su estructura de costos mediante una notificación formal ante la Vicepresidencia Ejecutiva de la República para ser revisada por el sistema informático de verificación de precios, el cual dependerá de la secretaría técnica de las negociaciones de precios acordados.

El texto fue aprobado en la sesión de este martes y establece entre otros términos que:

El programa de precios acordados promueve la celebración de un convenio voluntario sobre precios, calidad, abastecimiento, distribución y suministro de bienes y servicios priorizados así como mecanismos para su evaluación y seguimiento entre el Ejecutivo nacional y los actores del área productiva, de distribución y comercialización.

Los sectores y actores del área productiva, distribución y comercialización que integran los sectores económicos de los bienes y servicios priorizados serán corresponsables en el cumplimiento de los precios acordados mediante el diálogo y la negociación.

La productividad y las cantidades producidas se consideran elementos fundamentales para establecer la estructura de costos.

Se estimulará y reconocerá en el precio acordado al bien o servicio que tenga mayor componente nacional respecto a los insumos o bienes importados.

Los precios serán acordados en función de su eficiencia para asegurar el acceso de las personas a los bienes y servicios.

El precio de los servicios priorizados será de obligatorio cumplimiento para las personas naturales o jurídicas que hayan suscrito los acuerdos correspondientes.

Los precios acordados serán revisados y actualizados regularmente según el comportamiento de la economía.

Las materia prima para la elaboración de los productos que sean definidos como bienes priorizados deben ser destinadas a la producción de los mismos.

Los sectores públicos privados y comunales promocionarán, publicarán y difundirán los precios a través de los medios de comunicación.

Solo quienes hayan celebrado convenios de precios acordados serán beneficiarios de los estímulos derivados de los acuerdos.