Tercera carta pública a @TarekWiliamSaab, por José Luis Centeno S.

Tercera carta pública a @TarekWiliamSaab, por José Luis Centeno S.

thumbnailjoseluiscentenoEn honor al gentilicio que nos une y teniendo presente que como Defensor del Pueblo autorizaste pedir una medida cautelar sustitutiva de libertad a favor de nuestro defendido, el preso político yaracuyano Kamel Salame Ajami, se hace pertinente recordarte algunos hechos a los fines de que nos concedas la Audiencia Urgente que te venimos pidiendo desde el 25 de Octubre de 2017, petición registrada “bajo el N-3476 del libro de sistema computarizado respectivo” de la Dirección de Secretaría General del Ministerio Público, confiando que actuarás apegado al Principio de Buena Fe que debe regir las actuaciones fiscales.

El 20/02/2013, el Doctor Iván Nieves Fernández, Médico Forense Jefe adscrito al Cicpc del Estado Barinas, en audiencia pública certificó el “estado deplorable de la salud” de Kamel Salame, estableciendo la presencia de “patologías de carácter grave”, que requerían de inmediato “cirugías correctivas”, así como “un tratamiento post operatorio de rehabilitación en un lugar que no garantiza el estado en el sitio de reclusión”, a la par de insistir en la necesidad de ser traslado en condiciones especiales; todo ello como resultado de omitir la Juez de la causa “factores de riesgo” que fueron advertidos cuatro años atrás por el galeno Antonio José Flores Prada, así como también lo hizo el experto forense Eleazar Ferrer.

La especialista forense, Raiza Mármol de Herrera, adscrita a la Unidad Criminalística Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales del Ministerio Público en el Estado Lara, desde el 2013 viene insistiendo en que Kamel Salame “amerita ser tratado medicamente y algunas de sus patologías deben ser resueltas con tratamiento quirúrgico, además debe cumplir tratamiento médico indicado, control de dieta y rehabilitación física, para evitar que continué el progreso de estas enfermedades y disminuir el proceso de degeneración a nivel de columna y de la radiculopatia, la cual le ocasiona dolor progresivo en miembros superiores e inferiores”.





No necesitamos seguir indicándote detalles para evidenciar el crítico estado de salud de Kamel, lo grave no es eso, lo más grave es que ante ese hecho irrebatible a la fecha no se le haya permitido el acceso a la asistencia médica especializada que necesita, circunstancia corroborada el 15/07/2015 por la Defensoría del Pueblo a tu digno cargo:

“KAMEL SALAME AJAMI, planilla de audiencia P-12-00365… su estado de salud está en deterioro… dicho diagnóstico ha resultado de las valoraciones médicas realizadas tanto por médicos especialistas privados como por médicos forenses del CICPC, necesitando corregir dichas patologías con terapias, tratamiento de rehabilitación e incluso con cirugías, ya que su estado de salud cada día se deteriora más.

Cabe resaltar que esta comisión defensorial, ha visitado al ciudadano KAMEL en reiteradas oportunidades, evidenciando como su estado de salud ha desmejorado, ya que anteriormente caminaba con ayuda de un bastón y no podía permanecer mucho tiempo sentado ni de pie, por cuanto se le duermen las piernas, pero en la última visita realizada se pudo observar que ya no camina, debiendo ayudarse de una silla de rueda y de sus compañeros de celda para movilizarse, siendo un hecho notorio el precario estado de salud en el que se encuentra.

Del mismo modo, todo los resultados de los exámenes médicos forenses constan en el expediente penal del Tribunal de Juicio Nº 5 del Estado Aragua, pero aun así existe un menoscabo al derecho a la salud del referido ciudadano.”

Ocho meses después de esa opinión concluyente, la Defensoría del Pueblo, por instrucciones tuyas, fue más elocuente en el Oficio DdP/CJ-Nº 024/2016 de fecha “03 FEB 2016”: “Es el caso, que de la revisión practicada por nuestro equipo de Defensores de Derechos Humanos al expediente, se aprecia que cursan informes médicos forenses que describen el estado de salud del Sr. Salame, los cuales dejan constancia de patologías que juntas indican un notable deterioro físico de gravedad, requiriendo intervenciones quirúrgicas y tratamiento médicos especializados”, recomendando al tribunal de la causa “otorgarle al Sr. Salame, una Medida Cautelar menos gravosa, sustitutiva de privativa de libertad por razones humanitarias”.

Estos son los hechos, irrefutables, comprometedores para un funcionario como tú, tomando en consideración las profundas convicciones que te han llevado a ocupar los cargos desde donde es posible lograr que los derechos humanos no sean una mera ilusión, como pareciera ser el caso de Kamel Salame a quien se le está violando flagrantemente su derecho a la salud disminuyéndole injustificadamente su perspectiva de vida con una clara intencionalidad de que muera tras las rejas. Por ello nos permitimos pedirte una vez más: “Honra tu palabra como buen libanés”.

Atentos a tu respuesta.

José Luis Centeno Salas

0412.8657832