¿Tendrá oportunidad la Asamblea Nacional de liberarse del desacato?

Sesión de la Asamblea Nacional (Foto archivo / AFP PHOTO / Juan BARRETO)
Sesión de la Asamblea Nacional (Foto archivo / AFP PHOTO / Juan BARRETO)

 

Este viernes 5 de enero se instala la Asamblea Nacional (AN), según lo exige la Constitución en su artículo 219. Sin embargo, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) considera que la AN está en desacato desde julio de 2016 y por ello, todos sus actos se deben considerar nulos.

La pregunta que surge es ¿qué hará la nueva directiva de 2018 con el caso de los diputados de Amazonas, aún no resuelto por el TSJ para que pueda cesar el injusto desacato? Recordemos que la directiva elegida en 2017, encabezada por el diputado Julio Borges desincorporó a Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana en enero de 2017, pero la sentencia nº 2 de la Sala Constitucional (SC) del máximo tribunal de la República el 11 de enero de ese año desconoció a dicha directiva precisamente por la situación de desacato y declaró nulas todas las actuaciones del Parlamento.





Acceso a la Justicia consideró tal sentencia un galimatías y un acto político y no jurídico, ya que no tiene fundamento en ningún principio del derecho y menos aún en la Constitución.

La sentencia llegó a indicar que lo que debía hacer la AN era instalar nuevamente la anterior directiva (la de 2016), liderada por Henry Ramos Allup y que esta excluyera a los legisladores amazonenses, porque sólo de esta manera podía subsanarse la omisión de acatar la orden del TSJ en que había incurrido el órgano legislativo. Una vez cumplida esta condición era que procedía el nombramiento de una nueva directiva (de 2017).

El problema planteado es que seguir el mandato del TSJ implica violar la Constitución y el Reglamento de Interior y Debates de la AN, que establecen que a partir del 5 de enero del año siguiente a su elección, la anterior directiva ya no puede ejercer función alguna, por lo que según la Carta Magna no puede instalarse de nuevo.

Pareciera que según esa decisión del TSJ, la AN nunca podrá tener una directiva válida por lo que hizo la de 2016, ni siquiera si la que corresponde a 2018 acata lo que el TSJ le ordena. Esta sentencia muestra el criterio personalista con el que actúa el alto Tribunal, que confundió el órgano con su directiva y pretendió aplicarle al Parlamento las sanciones que deberían imputarse eventualmente a su directiva, en este caso la que tuvo a Ramos Allup como presidente en 2016. En todo caso, si una nueva directiva deja de estar en desacato, pues eso valdría para el órgano, independientemente de lo que hizo la anterior.

Reiteramos además que el desacato no tiene como efecto jurídico anular los actos del órgano legislativo y menos aún al organismo completo, como en cambio ha hecho el TSJ.

Pareciera igualmente que el problema del reconocimiento de la directiva de la AN y del propio órgano por el TSJ tampoco tiene solución en el sentido que este tome una decisión de fondo sobre el caso de los legisladores de Amazonas, pues todo indica que cuando se trata de asuntos del gobierno la justicia va a paso de tortuga.

Para complicar aún más el panorama actual de la AN, desde julio de este año está en funcionamiento la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), la cual sin justificación alguna, ni jurídica (porque no lo prevé la Constitución) ni política (porque no la eligió el pueblo como parlamento, ni tampoco como constituyente), le ha quitado su función legislativa, lo cual ha sido reconocido y avalado por el propio TSJ

Aunado a ello, existen otros problemas adicionales y es que, aunque la AN siga teniendo desde el punto de vista jurídico otras funciones, varias sentencias del TSJ de 2016, precedentes a la instalación de la ANC, se las han quitado, y no por causa del desacato. Algunas de esas funciones son la contralora (sentencia nº 9/2016), la de control del poder político (las nº 4/2016 y 7/2016) y la de organización interna (nº 269/2016).

Lo anterior deja aún más claro que la verdadera intención del TSJ ha sido, desde la elección parlamentaria de diciembre de 2015, no dejar funcionar al Parlamento, para que el Presidente de la República y su partido puedan operar a favor de sus intereses políticos.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

Cuando un órgano del Estado no tiene límites en el ejercicio del poder, como es el caso de Ejecutivo Nacional en Venezuela, tiende a querer más poder y al obtenerlo, quiere más y más. Por ello un gran pensador, Montesquieu decía: “es una experiencia eterna, que todo hombre que tiene poder siente la inclinación de abusar de él.”

El problema con ello es que al tener más poder no es que beneficia más al pueblo sino a sí mismo y a su entorno. Eso resume lo que vivimos en Venezuela y por qué ha empeorado tanto la crisis institucional desde 2016.